[2018] Protocolo específico de gestión y dirección de audiencias

Protocolo de gestión de las audiencias previstas en el Código Procesal Penal (juzgados de investigación preparatoria, de juzgamiento y salas penales de apelación).

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Mediante el Decreto Supremo N° 010-2018-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de agosto de 2018, se aprobó un conjunto de nuevos protocolos (13) que reemplazan a los aprobados en el año 2014 (Protocolos de actuación interinstitucional de carácter sistémico y transversal para la aplicación del Código Procesal Penal).

A continuación compartimos el Protocolo de gestión de las audiencias previstas en el Código Procesal Penal (juzgados de investigación preparatoria, de juzgamiento y salas penales de apelación).


PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INTERINSTITUCIONAL ESPECÍFICO DE GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS

1. Concepto

La audiencia es el acto procesal donde concurren los sujetos procesales y el/la Juez/a, para debatir, contradecir y decidir oralmente los requerimientos fiscales o solicitudes.

2. Objetivo

Promover metodologías homogéneas en programación y dirección de audiencias, así como optimizar tiempos y recursos para fortalecer la gestión de audiencias.

3. Base legal

  • Código Procesal Penal.
  • Reglamento General de Audiencias bajo las normas del Código Procesal Penal (Resolución Administrativa N° 96-2006-CE-PJ).
  • Lineamientos para la Programación y Gestión de Audiencias en la Etapa de Juicio con el Código Procesal Penal (Resolución Administrativa N° 062-2015-CE-PJ).

4. Alcance

Metodología de gestión de las audiencias previstas en el Código Procesal Penal, desarrolladas por los/las Jueces/zas de Investigación Preparatoria, Juzgamiento y Sala Penal de Apelaciones.

5. Procedimiento:

Gestión de audiencias.

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