Si en el contrato de adjudicación por división y participación, los adjudicantes expresan que le predio que se transfiere fue adquirido por dinero de la masa hereditaria, estando ante la ejecución de un mandato sin representación [Res. 1520-2026-Sunarp-TR]

SUMILLA: RECONOCIMIENTO DE VERDADERO PROPIETARIO.- Si en el contrato de adjudicación por división y participación, los adjudicantes expresan que el predio que se transfiere fue adquirido con dinero de la masa hereditaria, estamos ante la ejecución de un mandato sin representación.


TRIBUNAL REGISTRAL

RESOLUCIÓN No. 1520-2026-SUNARP-TR

APELANTE: XXXX
Notario de Lima
TÍTULO: 3114890 del 20/10/2025 (SID)
RECURSO: HTD N° A1445081 del 12/1/2026
(Ingresó el 16/1/2026 al Tribunal Registral)
REGISTRO: Predios de Lima
ACTO: Adjudicación por división y partición

I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA

Mediante el título venido en grado de apelación se solicita, a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), la inscripción de la adjudicación por división y partición de la masa hereditaria de XXXX, respecto de los predios inscritos en las partidas registrales XXXX, XXXX y XXXX del Registro de Predios de Lima.

Para tal efecto, se presentó parte notarial de la escritura pública del 31/1/2025 otorgado ante notario de Lima XXXX.

[Continúa …]

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