El Fondo Editorial PUCP liberó su colección «Lo Esencial del Derecho». Ahí destaca el libro El derecho de la función pública y el servicio civil. Nociones fundamentales (Lima, 2019), escrito por presidenta ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Janeyri Boyer Carrera. Compartimos este fragmento del texto que explica, de manera concisa y sencilla, el concepto de cargo público y sus implicaciones.
Un cargo público se refiere al estatus o posición que el individuo ocupa dentro de una organización. También se le conoce como puesto o plaza. Desde el punto de vista orgánico, el cargo constituye la unidad mínima de competencias en el seno de una organización.
El concepto también remite al aspecto funcional, es decir al haz de facultades o poderes atribuidos a un puesto o plaza por una norma jurídica. Esto quiere decir que dicho servidor estará en condiciones de ejercer funciones en representación del Estado y atribuibles a este, siempre y cuando ocupe el puesto en su organización que tenga atribuidas dichas funciones. Así, el señor Juan Pérez solo podrá sancionar a una empresa pesquera por contaminación, si el señor Pérez ocupa el puesto de director de sanciones de la Organización de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en su calidad de director de sanciones. No sanciona porque sea Juan Pérez, sino porque está investido con el poder público atribuido por norma con rango de ley al órgano sancionador de dicha entidad.
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A la persona que ocupa un puesto o cargo en una organización pública se le exige que ejerza las funciones del puesto y, al mismo tiempo, que haga un correcto desempeño de las mismas conforme al ordenamiento jurídico y a los principios de la ética pública. Por ello, una vez convertido en servidor civil, responde por los actos cometidos en ejercicio de las funciones del puesto o cargo, y, por el principio de autonomía de las responsabilidades, dicha responsabilidad puede ser administrativa, civil y penal.
Las personas que ocupan un puesto o cargo se convierten en servidores públicos. El servidor público debe reunir los requisitos o condiciones del puesto y estos deben ser razonables y proporcionales a las funciones conferidas. Si una entidad necesita una persona que formule proyectos de resoluciones administrativas sancionadoras, requerirá que esta persona tenga formación en derecho, pero no necesariamente que haya obtenido el grado de doctor. El cumplimiento de los requisitos permite que el servidor público sea idóneo para el puesto o cargo y, en consecuencia, esté en condiciones de acceder o de permanecer en él.
Las personas concursan para acceder a un puesto o cargo, por lo que es posible afirmar que el cargo o puesto y sus requisitos forman parte del contenido esencial del derecho fundamental de acceso a la función pública. Una vez que el participante se convierte en servidor público, este deberá ejercer las funciones del cargo (irrenunciabilidad de la competencia).
En síntesis, el reconocimiento del puesto o cargo público como parte del contenido esencial del derecho fundamental y como la unidad básica en la estructura del Estado implica una triple garantía:
a) Que no se pueda desempeñar un puesto o cargo que carezca de funciones.
b) Que las funciones y competencias del puesto deben encontrarse delimitadas y previstas en las normas jurídicas e instrumentos de gestión de las entidades públicas.
c) Que deben permitirse y generarse las condiciones para que el servidor civil ejerza las tareas o actividades propias de las funciones del puesto.
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