Protocolo del Ministerio Público para la atención de víctimas del delito de trata de personas, personas en situación de tráfico ilícito de migrantes y víctimas de delitos en el contexto de la migración [RFN 2291-2019-MP-FN]

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Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2291-2019-MP-FN, de 18 de Julio del 2018, el Ministerio del Interior dispuso la publicación del protocolo de «Ministerio Público para la atención de victimas del delito de trata de personas, personas en situación de trafico ilícito de migrantes y victimas de delitos en el contexto de la migración».


Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 2291-2019-MP-FN

Lima, 01 SET. 2019

VISTOS:

El Oficio N° 62-2019-MP-FN-Fisc.Coordinadora. CONAPROTRAP, cursado por la Coordinación Nacional de Implementación del Protocolo del Ministerio Público para la Atención a Víctimas del Delito de Trata de Personas, y;

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 257-2014-MP-FN de fecha 23 de enero de 2014, se aprobó el “Protocolo del Ministerio Público para la Atención a Victimas de Trata de Personas”, con la finalidad de establecer criterios comunes de actuación conjunta que permitan abordar de manera más eficiente los casos de trata de personas, afianzando con ello el eje centrado en la victima.

Al respecto, a través de la Resolución de la Fiscalía la Nación N° 3595-2018-MP-FN de fecha 9 de octubre de 2018, se aprobó la información de la “Comisión de trabajo encargada de la actualización del Protocolo del Misterio Público para la Atención de las Víctimas del delito de Trata de Personas y Tráfico Migrantes”.

En esa línea, mediante el Oficio N° 62-2019-MP-FN- Fisc. Coordinadora. CONAPROTRAP de fecha de recepción 19 de julio de 2019, la señora Rosario López Wong, Fiscal Superior Titular, en su calidad de presidenta de la “Comisión de trabajo encargada de la actualización del Protocolo del Ministerio Público para la Atención de las Victimas del delito de Traía de Personas y Tráfico de Migrantes”, remite el proyecto denominado: “Protocolo del Ministerio Público para la Atención de las Victimas del Delito de Trata de Personas, Personas en situación de Tráfico Ilícito de Migrantes y Víctimas de delitos en el contexto de la Migración”, para su aprobación.

Sobre el particular, resulta importante señalar que el proyecto del “Protocolo del Ministerio Público para la Atención de las Víctimas del Delito de Trata de Personas, Personas en situación de Tráfico Ilícito de Migrantes y Víctimas de delitos en el contexto de la Migración”, tiene como objetivo fijar las pautas de actuación comunes que garanticen al Ministerio Público la protección a las victimas del delito de trata de personas, personas en situación de tráfico ilícito de migrantes y víctimas de delitos, dentro de un contexto de estándares internacionales, migración y roles asignados por ley.

En ese sentido, habiéndose revisado el “Protocolo del Ministerio Público para la Atención de las Víctimas del Delito de Trata de Personas, Personas en situación de Tráfico Ilícito de Migrantes y Víctimas de delitos en el contexto de la Migración”; resulta necesario, emitir el acto resolutivo correspondiente que apruebe el citado protocolo.

De conformidad con lo establecido en los artículos 7° y 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN de fecha 30 de octubre de 2018, y sus modificatorias, así como lo señalado en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el “Protocolo del Ministerio Público para la Atención de las Victimas del Delito de Trata de Personas, Personas en situación de Tráfico Ilícito de Migrantes y Víctimas de delitos en el contexto de la Migración”, en mérito de lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO.- Disponer que en la escuela del Ministerio Público, en coordinación con la Unidad Central de Asistencia a victimas y testigos, elabore un programa de inducción y capacitación del “Protocolo del Ministerio Público para la atención de victimas del delito de trata de personas, personas en situación de trafico ilícito de migrantes y victimas de delitos en el contexto de la migración”, dirigido a fiscales y funcionarios de la institución.

ARTÍCULO TERCERO.- Disponer la notificación de la presente resolución a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Coordinación de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de implementación del Protocolo del Ministerio Público para la Atención a Víctimas del Delito de Trata de Personas, Unidad Central de Asistencia a Víctimas y Testigos, Oficina de Cooperación Judicial, Internacional y Extradiciones, instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Escuela del Ministerio Público, Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fines pertinentes.

[Continúa…]

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