Fundamento destacado: 44. Al igual que la Comisión, el Tribunal de Justicia señala que, al condenar al demandante, los dos tribunales que lo juzgaron no se refirieron a ninguna otra prueba que las declaraciones obtenidas antes del juicio.
El Tribunal Penal de Niza llamó la atención sobre las declaraciones o deposiciones de varios consumidores o traficantes de drogas; concluyó que el Sr. Saïdi había sido “implicado formalmente por algunos de [sus] clientes habituales… y por las propias personas que realizaban algunas de [sus] entregas” (véase el párrafo 18 supra).
El Tribunal de Apelación de Aix-en-Provence declaró que hacía suyos los motivos invocados en primera instancia, que eran, en su opinión, pertinentes. Consideró que “las declaraciones concurrentes y reiteradas de las personas que vendieron la droga suministrada por [él] … y de las que compraron la droga … [eran suficientemente convincentes para demostrar el delito del que se le acusaba y el papel que había desempeñado en el tráfico de heroína en Niza” (véase el apartado 19).
Por lo tanto, el testimonio constituyó el único fundamento de la condena del demandante, después de haber sido el único motivo de su ingreso en prisión. Ahora bien, ni en la fase de instrucción ni durante el juicio el demandante pudo interrogar o hacer interrogar a los testigos en cuestión. La falta de careo le privó en ciertos aspectos de un juicio justo. El Tribunal es plenamente consciente de las innegables dificultades de la lucha contra el narcotráfico —en particular en lo que se refiere a la obtención y producción de pruebas— y de los estragos que el problema de la droga causa en la sociedad, pero tales consideraciones no pueden justificar que se restrinjan hasta ese punto los derechos de la defensa de “toda persona acusada de una infracción penal”.
En resumen, se ha producido una violación de los párrafos 1 y 3 (d) del artículo 6. 1 y 3 (d) (art. 6- 1, art. 6-3-d).
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
TRIBUNAL (CÁMARA)
CASO DE SAIDI c. FRANCIA
(Solicitud nº 14647/89)
En el caso de Saïdi contra Francia∗,
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reunido, de conformidad con el artículo 43 (art. 43) del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (“el Convenio”) y las disposiciones pertinentes del Reglamento del Tribunal, en una Sala compuesta por los siguientes jueces
MrR. RYSSDAL,
Presidente, MrF .
MATSCHER,
Sr. L .-E. PETTITI,
el Sr. C. RUSSO,
Sr.R . PEKKANEN, MrJ
.M. MORENILLA,
MrF. BIGI,
SirJohn FREELAND,
Sr. M. A. LOPES ROCHA,
y también del Sr. M.-A. EISSEN, Secretario, y del Sr. H. PETZOLD, Secretario adjunto,
Habiendo deliberado en privado el 25 de marzo y el 23 de agosto de 1993,
Dicta la siguiente sentencia, adoptada en la última fecha mencionada:
PROCEDIMIENTO
1. El caso fue remitido al Tribunal por la Comisión Europea de Derechos Humanos (“la Comisión”) el 11 de septiembre de 1992, dentro del plazo de tres meses establecido por el artículo 32, párrafo 1, y el artículo 47 (art. 32-1) del Convenio. 1 y el artículo 47 (art. 32-1, art. 47) del Convenio. Tiene su origen en una demanda (nº 14647/89) contra la República Francesa presentada ante la Comisión en virtud del artículo 25 (art. 25) por un ciudadano tunecino, el Sr. Fahrat Saïdi, el 17 de enero de 1989.
La solicitud de la Comisión se refería a los artículos 44 y 48 (art. 44, art. 48) y a la declaración por la que Francia reconocía la competencia obligatoria del Tribunal (art. 46). El objeto de la solicitud era obtener una decisión sobre si los hechos del caso revelaban un incumplimiento por parte del Estado demandado de sus obligaciones en virtud del artículo 6, párrafos 1 y 3 (d) (art. 45). 1 y 3 (d) (art. 6-1, art. 6-3-d).
[Continúa…]
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