COMUNICADO
Debido a la actual coyuntura política-social que atraviesa nuestro país en la que perdieron la vida los jóvenes Bryan Pintado Sánchez e Inti Sotelo Camargo, expresamos nuestra solidaridad, condolencias y agradecimiento a sus familias por cultivar en ellos ideales, valores democráticos y el amor por el Perú.
Asimismo, informamos que el programa de entrevistas La Suprema Dice suspende su emisión por el día de hoy, ofreciendo las disculpas respectivas, y deseando el bienestar de todos Uds., retomaremos nuestra transmisión el próximo lunes 23 de noviembre.
En LP Pasión por el derecho, seguiremos trabajando por el Estado de Derecho.
¡Buenas nuevas, queridos colegas! A partir del 2 de noviembre, #LPPasiónPorElDerecho producirá y emitirá todos lunes a las 7 de la noche, por espacio de media hora, el programa denominado #LaSupremaDice, en el que se desarrollarán y analizarán los fundamentos de hecho y de derecho de las últimas sentencias que emitan las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Este espacio estará conducido por el abogado Walther Huayllani Choquepuma, servidor judicial (secretario de confianza) de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Perú, quien abordará el contenido de las últimas pepas jurisprudenciales que el Poder Judicial publique.
Asimismo, contará con entrevistas a profesionales del derecho que desempeñen diversas funciones en el proceso penal para que, desde múltiples perspectivas, se conozca el razonamiento del más alto tribunal de justicia de nuestro país sobre la base de fichas técnicas que serán útiles para la comunidad jurídica. De esta manera, se acercará el contenido jurídico a la sociedad en general.
El público podrá participar a través de las preguntas que publique en la plataforma. Además, podrá comunicar y proponer a la producción del programa sentencias cuyo desarrollo y análisis resulten de interés.
El equipo de producción está a cargo de Roger Vilca Apaza, CEO de LP Pasión por el derecho.
Lima, 22 de octubre del 2020.

![Usurpación de funciones: La devolución de un vehículo al imputado requiere justificación, por lo que solo puede hacerse mediante una disposición (y no una providencia) que emite el fiscal provincial (y no el adjunto) [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Máxima de la experiencia: la habilitación digital de firmas conlleva a la instalación y proporcionamiento de un software a cada funcionario, para que no necesariamente realice la firma digital desde su computadora institucional, sino desde cualquier forma remota, esto con el fin de dotar de eficiencia, rapidez y operatividad a la labor funcionarial [Apelación 379-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Quince años cárcel para Gral. del Ejército por el delito de asesinato en agravio de 41 pobladores en comunidad de Ayacucho [Expediente 00016-2013-0-5001-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/balanza-abogado-juez-justicia-defensa-LPDerecho-218x150.jpg)
![La política criminal de los Estados debe considerar la situación particular de los pueblos indígenas, pues la privación de libertad puede afectar de manera diferenciada su identidad cultural y generar impactos negativos sobre sus comunidades; por ello, debe garantizarse la participación activa de sus autoridades y representantes mediante relaciones de diálogo y cooperación con la justicia ordinaria [OC-29/22, ff. jj. 282, 287]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![El haber mínimo establecido para médicos del sector público constituye un parámetro referencial obligatorio para el sector privado cuando se acredita identidad sustancial de la jornada legal en el marco de la prestación de servicios de salud regulados por el Estado [Casación 18243–2023, Lima, f. j. 5.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre inexistencia, invalidez e ineficacia del acto jurídico. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-MIGUEL-ANGEL-PEREZ_Inexistencia-invalidez-e-ineficacia-del-acto-juridico-218x150.jpg)






![TC dispone que el Binacional mantenga la categoría en la Primera División y sea incorporado en el Torneo Liga 1-2027 [Exp. 04116-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![De todo lo expuesto en el apartado 2.2. de la presente opinión se colige que, antes de la entrada en vigor del Decreto Legislativo 1341, la sanción impuesta a una persona jurídica no se transmitía automáticamente a la sociedad absorbente en una fusión por absorción; no obstante, esta podía incurrir en otros supuestos de impedimento previstos en la anterior normativa de contrataciones del Estado [Opinión D000030-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles [Resolución directoral 0015-2026-EF/54.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Consorcio que no se limita a consignar un porcentaje total de las obligaciones de cada consorciado, sino que además incluye un porcentaje por cada tarea, incumple las bases porque genera confusión; tal error no es subsanable porque no se trata de un error material o formal, sino de uno que altera el contenido esencial de la oferta [Res. 4549-2026-TCP-S3, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas [DS 009-2025-EF] (actualizado 2026)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VIVO] Clase modelo sobre concurso de imputaciones penales. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-Edward-garcia-navarro_concurso-de-imputaciones-penales-218x150.jpg)
![Casación: tres causales de inadmisibilidad independientes porque el conector lógico disyuntivo «o» aparece entre tres proposiciones: a) la falta de gravamen porque el recurrente consintió la resolución adversa de primera instancia, b) los efectos del principio del doble conforme y c) el principio de unidad de alegaciones o «proscriptio per saltum» [Casación 3729-2023, Sullana, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre tendencia interna trascendente y antijuricidad. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-frank-almanza-altamirano_tendencia-interna-trascendente-y-antijuricidad-218x150.jpg)
![[VÍDEO] La participación ciudadana en el proceso penal, por Jorge Luis Salas Arenas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_-El-jurado-la-participacion-ciudadana-en-la-justicia-penal_LP-218x150.jpg)

![Las discrepancias en el nombre de una persona debe fundamentarse en una apreciación conjunta de los elementos obrantes en el Registro y los instrumentos públicos adoptados por los solicitantes, que a través de distintos factores de conexión permitan colegir en forma indubitable que se trata de la misma persona [Res. 2040-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre inexistencia, invalidez e ineficacia del acto jurídico. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-MIGUEL-ANGEL-PEREZ_Inexistencia-invalidez-e-ineficacia-del-acto-juridico-100x70.jpg)
![La política criminal de los Estados debe considerar la situación particular de los pueblos indígenas, pues la privación de libertad puede afectar de manera diferenciada su identidad cultural y generar impactos negativos sobre sus comunidades; por ello, debe garantizarse la participación activa de sus autoridades y representantes mediante relaciones de diálogo y cooperación con la justicia ordinaria [OC-29/22, ff. jj. 282, 287]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-100x70.jpg)

