[VIDEO] Jueza cuestiona a demandante por su vestimenta: No debe venir escotada, sino de una «manera recatada»

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Sin precedentes. Una magistrada llamó la atención a una demandante, en el marco de un proceso por aumento de pensión de alimentos, debido a las prendas de vestir que usaba en una audiencia virtual.

El hecho ocurrió el último 4 de abril, al promediar las tres de la tarde, en el Cuarto Juzgado de Paz Letrado en el distrito judicial del Callao.

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La sesión transcurría con normalidad, sin embargo, la jueza Marilyn Elizabeth Baltazar Rossel detuvo intempestivamente su continuación para pedirle a la demandante “venir [con un polo] más cerrado”.

La magistrada de la Corte Superior de Justicia del Callao afirmó:

En la grabación se está viendo toda esta parte de acá de la señora [la jueza se señala el pecho]. Me parece que tiene que ser más recatada para una audiencia.

De acuerdo al abogado de la mujer, el letrado Juan Carlos Arenas Canales, el incidente se produjo “sin mayor explicación”.

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Agregó que su patrocinada se vio obligada a cambiarse de prenda para continuar con el desarrollo de las diligencias. En esa línea, detalló:

Rechazamos enérgicamente y condenamos la actitud de la magistrada Baltasar Rosell. La señora, la parte demandante, tuvo que cambiarse de polo para que pueda continuar en la audiencia. 

Arenas Canales puntualizó que este es un “acto de discriminación que no se puede permitir”, más aún “en un proceso donde la demandante necesita de recursos para darle alimentos a sus hijos”.

Por lo antes expuesto, añadió, “no se le puede exigir que venga con una ropa específica”.

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Anuncian medidas

El Dr. Juan Carlos Arenas Canales informó que ya se iniciaron acciones legales al respecto.

Detalló que se presentó una denuncia penal, contra la magistrada en mención, con base en lo expuesto en el Artículo 323 del Código Penal:

El que, por sí o mediante terceros, realiza actos de distinción, exclusión, restricción o preferencia que anulan o menoscaban el reconocimiento, goce o ejercicio de cualquier derecho de una persona o grupo de personas reconocido en la ley, la Constitución o en los tratados de derechos humanos de los cuales el Perú es parte, basados en motivos raciales, religiosos, nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, identidad étnica o cultural, opinión, nivel socio económico, condición migratoria, discapacidad, condición de salud, factor genético, filiación, o cualquier otro motivo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.

Si el agente actúa en su calidad de servidor civil, o se realiza el hecho mediante actos de violencia física o mental, a través de internet u otro medio análogo, la pena privativa de libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme a los numerales 1 y 2 del artículo 36.

Asimismo, se presentó una queja ante la Odecma; y una denuncia ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Añadió que se evalúan otras acciones debido a que “no se puede condicionar el acceso a la justicia, o la tutela jurisdiccional efectiva, solo por la forma en la que uno se viste”

En este sentido, destacó que un “juez debería velar por los derechos de las personas”.

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A continuación transcribimos el diálogo entre la jueza y el abogado de la demandante:

Jueza: Doctor, abogado de la parte demandante, ¿le ha explicado a la señora cómo debe presentarse a una audiencia?

Abogado: ¿A qué se refiere, doctora? Disculpe.

Jueza: A la vestimenta, doctor.

Abogado: ¿Cómo así? No veo que haya un problema con la vestimenta, doctora. ¿A qué se refiere? No le llego a entender.

Jueza: Tiene un polo que está hasta acá, doctor. Tiene que venir [con un polo] más cerrado, ¿no cree usted? (la jueza se lleva la mano al cuello para graficar que el escote de la señora es muy pronunciado).

Abogado: Disculpe, doctora, con todo el respeto del mundo, yo no le puedo decir cómo se va a vestir una persona. Creo que una persona se viste como se sienta este…

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Jueza: Si va a declarar o va a cualquier institución pública tiene que venir con la ropa adecuada.

Abogado: Pero está con ropa, doctora. No es que no esté con ropa.

Jueza: Pues no parece porque en la grabación se está viendo toda esta parte de acá de la señora [la jueza se señala el pecho]. Me parece que tiene que ser más recatada para una audiencia.

Abogado: Bueno, yo, la verdad, doctora, en todo caso no podría cuestionar eso. Yo no le puedo decir a una persona si tiene que venir con un escote grande o pequeño. Yo la veo bien. 

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Jueza: Cualquier persona que va a cualquier institución no puede venir toda escotada, tiene que venir de una manera recatada. No puede usted venir con bividí, no puede usted venir con su buzo a la audiencia, ¿no cree? Es lo mismo para las partes. Tienen que tener una adecuada vestimenta, algo sencillo, algo recatado.

Abogado: O sea, no es tampoco que esté desnuda.

Jueza: Bueno, porque ahorita la señora ya se ha puesto el polo.

Abogado: ¿Y estaba sin polo?

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Jueza: A usted no le va a gustar que yo esté acá con un bividí, con un shortcito haciéndole la audiencia pues, creo que hay que tomar la mínima consideración. Cuando usted va a hacer una declaración o va a cualquier entidad pública se tiene que ir mínimamente de forma recatada.

Abogado: Increíble, quiere que se ponga este… Bueno. No lo puedo creer.

Jueza: Bueno, estando subsanado eso vamos a continuar la audiencia.

Mira el vídeo completo aquí:

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#Jueza cuestiona a litigante por su vestimenta: «No puede venir toda escotada, tiene que venir de una manera recatada» #lpderecho

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