Mediante la Resolución 000090-2021-JN/Onpe, establecen el plazo para que miembros de mesa se tramiten excusa.
Artículo Primero.- HABILITAR excepcionalmente, en el marco de las Elecciones Generales 2021, el plazo para tramitar las solicitudes de excusa al cargo de miembros de mesa hasta el sábado 10 de abril de 2021.
Habilitan el plazo para el trámite de solicitudes de excusa al cargo de miembro de mesa en las Elecciones Generales 2021
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000090-2021-JN/ONPE
Lima, 7 de abril del 2021
VISTOS: El Informe N° 000121-2021-GOECOR/ONPE, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe N° 000048-2021-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como el Informe N° 000186-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
A través de la Ley N° 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19, se introdujo la Sexta Disposición Transitoria a la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones. De esta manera, se encomendó a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la habilitación de una plataforma virtual para el trámite de excusa al cargo de miembros de mesa a favor de las personas pertenecientes a grupos de riesgo para COVID-19, así como su reglamentación;
Asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31038 autoriza a la ONPE a dictar las disposiciones necesarias garantizar la organización y ejecución de las Elecciones Generales 2021;
En observancia de lo anterior, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional propone la habilitación del plazo para el trámite de excusa al cargo de miembro de mesa, toda vez que el contexto de pandemia actual hace necesario la atención de, incluso, las solicitudes presentadas extemporáneamente. Por su parte, mediante el informe de vistos, la Gerencia General eleva esta propuesta a la Jefatura Nacional y solicita la emisión de la resolución jefatural correspondiente;
Al respecto, la Gerencia de Asesoría Jurídica manifiesta que resulta legalmente viable disponer, excepcionalmente, la habilitación de un plazo para atender las mencionadas solicitudes de excusa. Ello por cuanto contribuye a garantizar la ejecución de las Elecciones Generales 2021, al permitir la detección oportuna de mesas críticas y así implementar medidas preventivas y correctivas para garantizar su funcionamiento en la jornada electoral; a la vez que protege el derecho de salud de las personas pertenecientes a grupos de riesgo para COVID-19, así como de las mujeres embarazadas y madres lactantes;
Por las razones expuestas, corresponde habilitar, excepcionalmente, el plazo para el trámite de solicitudes de excusa al cargo de miembro de mesa en las Elecciones Generales 2021; el mismo que se extenderá hasta el sábado 10 de marzo de 2021;
De conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposición Transitoria de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19; así como en el literal z) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica, y de Organización Electoral y Coordinación Regional;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- HABILITAR excepcionalmente, en el marco de las Elecciones Generales 2021, el plazo para tramitar las solicitudes de excusa al cargo de miembros de mesa hasta el sábado 10 de abril de 2021.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la Entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
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