LP Pasión por el derecho, el primer portal jurídico del país, y la Unidad de Posgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, lanzan el Diplomado «Código Procesal Penal y litigación oral».
El diplomado tendrá como ponentes a los más reconocidos abogados litigantes del Perú, así como especialistas en la materia del nuevo modelo procesal penal.
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Diplomado: Código Procesal Penal y litigación oral
1. Público
Abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y público interesado.
2. Modalidad virtual
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo en calidad HD a través de nuestra plataforma (virtual.lpderecho.pe) a la que podrá acceder mediante una clave proporcionada por LP. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
Se podrán descargar en PDF los respectivos materiales de enseñanza (jurisprudencia, diapositivas, etc.). El participante podrá acceder al aula virtual hasta 12 meses después de finalizado el diplomado.
3. Duración
Un total de 30 sesiones en vivo a desarrollarse los lunes, miércoles y viernes de 6:00 p. m. a 9:00 p. m.
4. Fechas
Inicio: miércoles, 7 de enero de 2026
Fin: lunes, 16 de marzo de 2026
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5. Bloque temático
MÓDULO CÓDIGO PROCESAL PENAL
- Investigación preliminar (Ley 32130)
- Búsqueda de pruebas y restricción de derechos
- Prueba anticipada y medidas de protección
- Tutela de derechos: derecho a la defensa
- Tutela de derechos: imputación necesaria
- Control de plazos
- Tutela de derechos: prueba ilícita
- Investigación preparatoria formalizada
- Cuestión previa y cuestión prejudicial
- Proceso inmediato
- Prisión preventiva
- Cese y prolongación de prisión preventiva
- Medidas de coerción I: detención, suspensión de derechos, internación preventiva y comparecencia
- Medidas de coerción II: embargo, incautación y medidas contra el personas jurídicas
- Conclusión de la investigación preparatoria
- Etapa intermedia: acusación
- Etapa intermedia: sobreseimiento
- Auto de enjuiciamiento e inicio de juicio oral
- Recurso de apelación y casación
- Objeciones
MÓDULO LITIGACIÓN ORAL
- Teoría del caso
- Alegatos de apertura
- Interrogatorio y contrainterrogatorio
- Actuación probatoria
- Prueba nueva en juicio oral
6. Doble certificación
Primera certificación
La inscripción en el diplomado da derecho a un diploma (previa aprobación), con el nombre de Código Procesal Penal y litigación oral emitido por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán y LP válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional con un valor de 384 horas lectivas (24 créditos).
Segunda certificación (opcional)
Los inscritos podrán optar por un segundo diploma, con el nombre de Código Procesal Penal y litigación oral firmado por un Colegio de Abogados, siempre y cuando añadan el pago de 35 soles por gastos administrativos de trámite, válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional con un valor de 384 horas lectivas (24 créditos). Disponible hasta el 9 de febrero de 2026.
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7. Expositores
La plana de expositores estará encabezada por reconocidos jueces y fiscales de todos los niveles, así como abogados litigantes con reconocida experiencia:
- Leonardo Moreno Holman (especialista en derecho procesal penal, negociación y litigación oral) [Chile]
- Carla Pratt Corzo (abogada litigante) [México]
- Gonzalo del Río Labarthe (doctor en derecho por la Universidad de Alicante)
- César Nakazaki Servigón (abogado litigante)
- Giulliana Loza Avalos (abogada litigante)
- José Domingo Pérez Gómez (fiscal titular anticorrupción)
- Jorge Luis Temple Temple (fiscal superior)
- Jefferson Moreno Nieves (abogado litigante)
- Richard Concepción Carhuancho (juez de investigación preparatoria)
- Julio César Tapia Cárdenas (fiscal adjunto superior)
- Rafael Vela Barba (fiscal superior)
- Susana Castañeda Otsu (ex jueza suprema)
- Jorge Zuñiga Escalante (docente de la Academia de la Magistratura)
- Rosario Palacios Meléndez (abogada litigante)
- Walther Huayllani Choquepuma (juez de investigación preparatoria)
- Ronal Hancco Lloclle (abogado litigante)
- Juan Ortiz Benites (abogado litigante)
- Nohelia Mengoa Quispe (fiscal anticorrupción)
- Paolo Aldea Quincho (abogado litigante)
- Diego Valderrama Macera (abogado litigante)
- Entre otros docentes.
8. Beneficios
- Acceso al aula virtual hasta 12 meses después de terminado el diplomado.
- Diapositivas, lecturas y jurisprudencia descargable.
- Fólder, block, lapicero.
IMPORTANTE: El envío de los beneficios y los diplomas a cualquier parte del país tiene un costo de 35 soles y se realiza después de culminado el diplomado.
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9. Inversión
– Profesionales, bachilleres y egresados: 1000 soles
– Estudiantes de pregrado: 950 soles (acreditar con documento vigente al momento de la matrícula)
– Corporativo: 950 soles (a partir de tres personas).
– Alumnos LP: 900 soles (alumnos que registren matrícula en últimos 3 años en cualquier curso o diplomado de LP, NO incluye seminarios, congresos ni cursos de 100 soles o gratuitos)
10. Medios de pago
DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA
Titular: Escuela de Derecho LP
- Ahorros BCP: 193-70642051-0-05
CCI 002-193-170642051005-10 - Ahorros BBVA: 0011-0184-0200722061
CCI 011-184-000200722061-95 - Corriente Interbank: 047-300404804-2
CCI 003-047-003004048042-85 - Tarjeta de crédito
Titular: Elizabeth Rebeca Mayta Iquise
- Ahorros Banco de la Nación: 04-123-070432
- Ahorros Scotiabank: 700-8956513
CCI 00931020700895651340 - Plin: +51 958 733 225
IMPORTANTE: El alumno deberá registrar su matrícula a través del siguiente formulario dando clic AQUÍ.
Este programa académico se encuentra sujeto a nuestro reglamento académico, revíselo AQUÍ.
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Diplomado: Código Procesal Penal y litigación oral
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También puede realizar su matrícula a través de nuestra aula virtual. Dé clic a “Comprar este diplomado” y se añadirá a su carrito de compras.
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 916635633. También puede escribir al correo [email protected]
11. Clase modelo
Vea aquí una muestra de la calidad de nuestras clases virtuales.

![Intimación para constituir en mora interrumpe la prescripción de la reparación civil fijada en la sentencia [Expediente 4173-2006-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Si el bien estatal se utilizó principalmente para el servicio público autorizado y la irregularidad consistió solo en una circunstancia incidental, sin intención de abuso ni beneficio relevante, la conducta carece de entidad penal (fiscal ordenó a conductor permitir llevar a cuatro personas en la tolva de la camioneta del Ministerio Público cuando este se trasladaba a una localidad donde tenía una diligencia) [Apelación 143-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La acusación fiscal debe ser motivada e íntegra, pues exige una fundamentación suficiente, lógica e integral de la pretensión fiscal; además, debe satisfacer un estándar mínimo de suficiencia que permita a la defensa preparar su teoría del caso en juicio (doctrina jurisprudencial) (caso César Acuña) [Casación 760-2016, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Tres niveles para evaluar la motivación de resoluciones: vicios de motivación interna y externa; motivación inexistente, aparente, insuficiente o incongruente; y vicios de constitucionalidad [Exp. 01172-2022-PA/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-324x160.jpg)

![[VÍDEO] César Nakazaki: Todos los tribunales de justicia penal internacional han trabajado con tipos penales establecidos en normas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_Nakasaki_incorporacion-del-derecho-penal_LP-100x70.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)


![Tres niveles para evaluar la motivación de resoluciones: vicios de motivación interna y externa; motivación inexistente, aparente, insuficiente o incongruente; y vicios de constitucionalidad [Exp. 01172-2022-PA/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![[GRATUITO] Curso Prisión preventiva. Inicio 14 DIC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/2024-CURSO-GRATUITO-PRISION-PREVENTIVA-14-DIC-LPDERECHO-BANNER-324x160.jpg)