Con 9 votos a favor y 2 en contra, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó el informe de calificación que declara procedente la denuncia constitucional 364 contra el Fiscal Supremo Tomás Aladino Gálvez Villegas por la presunta vulneración de los artículos 139 (inciso 2), 39 y 44 de la Constitución Política. La denuncia fue presentada por la congresista Carolina Lizárraga Houghton (PM).
“Denunciado: Tomás Aladino Gálvez Villegas. Materia: juicio político, infracción constitucional vulneración de la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional, inciso 2, artículo 139 de la Constitución Política del Perú; vulneración de los deberes primordiales del Estado, artículo 44 de la Constitución Política del Perú; vulneración de los deberes para con el Estado de sus funcionarios y trabajadores, articulo 39 de la Constitución Política”, detalló el congresista Luis Roel Alva, presidente de dicha subcomisión al sustentar el informe respectivo en la sesión virtual que realizó el lunes 20.
En el debate, la congresista Martha Chávez (FP) observó que se declara procedente la denuncia porque dice que los hechos materia de la denuncia sí configurarían infracción a la Constitución.
“Como el fiscal Gálvez se atrevió a pedir investigación contra los fiscales Barba y Vela ante la Fiscal Zoraida Avalos, los denunció por el tema de Odebrecht. ¿Qué ha pasado con los señores fiscales Barba y vela?, nos han tomado el pelo señor presidente porque en esos momentos si estaban en Brasil supuestamente viendo los intereses del Perú, pero al final terminaron convalidando y propiciando que se le pague a Odebrecht -que nos debe miles de millones de dólares en corrupción- 524 millones, que se materializó a inicios del año 2020”, dijo la legisladora al tiempo de preguntarse ¿cuántos balones de oxígeno se hubieran comprado?.
FISCAL DE LA NACIÓN
Enseguida con 8 votos a favor, 2 abstenciones y 2 en contra, fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente la denuncia constitucional 293 en contra de la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera por la presunta infracción de los artículos 38 (inciso 5) y 139 de la Constitución Política del Perú.
En su intervención, la congresista Martha Chávez Cossio (Fuerza Popular) observó inconsistencia al poner un informe de calificación en el cual se incluye argumento de fondo para declarar improcedente la denuncia.
A su turno, el congresista Carlos Mesía Ramírez (Fuerza Popular) opinó que La excongresista Vilcatoma podría replantear su pedido porque ha sido mal planteado.
“Me parece que hay elementos de juicio para abrir investigación, lo lamentable es que la denuncia ha sido presentada por infracción a la Constitución y estas tienen que ser tipificadas y esa es una labor que está pendiente por este Congreso si quiere garantizar el debido proceso”, dijo.
Por su parte los legisladores Richard Rubio Gariza (FREPAP) y María Gallardo Becerra (Podemos Perú) opinaron que pareciera haber fundamento para que la denuncia sea declarada procedente.
EXCONGRESISTA CASTRO BRAVO
Posteriormente con 11 votos a favor y 1 abstención fue aprobado el informe de calificación que declara procedente la denuncia constitucional 373 presentada por la fiscal de la Nación, Zoraida Avalos Rivera, en contra del excongresista Jorge Andrés Castro Bravo por la presunta comisión del delito de concusión en el artículo 161° del Código Penal.
Lima, 20 de julio de 2020
PRENSA-CONGRESO
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