Congreso prohibiría realizar tareas domésticas durante teletrabajo

La iniciativa prohíbe realizar tareas particulares durante la jornada laboral al considerarlo abandono del puesto de trabajo.

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La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República aprobó un dictamen que regula la jornada laboral en la modalidad de teletrabajo.

El Proyecto de Ley 5889/2023-CR, presentada por María del Carmen Alva (no agrupada), busca modificar los artículos 3, 11, 21 y 23 de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo

Este adiciona al artículo 21 una prohibición: que los trabajadores no realicen durante el periodo laboral virtual tareas domésticas o particulares.

Lea también: Diferencias entre ‘ausencia injustificada del trabajo’ e ‘incumplimiento del horario laboral’ [Informe 001940-2022-Servir-GPGSC]

Asimismo, especifica que el trabajador está obligado a comunicar con cinco días de anticipación un posible cambio de lugar de teletrabajo. La locación debe garantizar un óptimo acceso a la conectividad y comunicación, así como cumplir los estándares de seguridad y salud en el trabajo. Esto, sin embargo, no garantiza que el empleador acceda al pedido.

El dictamen, aprobado con 9 votos a favor y 5 abstenciones, también exige al empleador a otorgar descansos a los trabajadores para que puedan realizar pausas activas.

Según Alva, la norma favorecerá a más de 27 000 trabajadores del ámbito administrativo, 24 000 empleados de servicio estadísticos y financieros, entre otros.

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FÓRMULA LEGAL

PROYECTO DE LEY LEY QUE MODIFICA LA LEY 31572 – LEY DEL TELETRABAJO

Artículo 1. Modificación de los artículos 3, 11, 21 y 23 de la Ley que modifica la Ley 31572 Ley del Teletrabajo.

Modificase los artículos 3, 11, 21 y 23 de la Ley 31572 Ley del Teletrabajo, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 3. Teletrabajo

3.1 El teletrabajo es una modalidad especial de prestación de labores, de condición regular o habitual. Se caracteriza por el desempeño subordinado de aquellas sin presencia física del trabajador o servidor civil en el centro de trabajo, con la que mantiene vínculo laboral. Se realiza a través de la utilización de las plataformas y tecnologías digitales.

Se considera que se cumple el requisito de regularidad o habitualidad, cuando la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo es igual o superior al 20% del total del tiempo ocupado para la prestación del servicio en el mes; o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

Artículo 11. Lugar donde se desarrolla el teletrabajo
(…)
11.2 En caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de 5 días hábiles, salvo causa debidamente justificada, éste debe reunir las condiciones mínimas que permitan teletra bajar de manera adecuada desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales. En estos casos, el empleador aplica unilateralmente el mecanismo de autoevaluación alternativo, dispuesto en el artículo 23 de la presente ley, para la identificación y evaluación de riesgos del nuevo lugar habitual de teletrabajo, además brinda las facilidades necesarias para la prestación de labores en el nuevo lugar habitual de teletrabajo. En caso que producto de la evaluación, el lugar no reúna las condiciones, el empleador no aceptará el cambio del lugar de teletrabajo, debiendo el teletrabajador retornar al lugar inicial.

Artículo 21. Tiempo de la jornada laboral y mecanismo de registro

21.1 El tiempo máximo de la jornada laboral del teletrabajador es el mismo aplicable al trabajador que labora de manera presencial, durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas, de darse el caso se constituye una dejación de funciones y por tanto el abandono del puesto de trabajo, siendo aplicable las sanciones correspondientes y la reversión de la modalidad de teletrabajo.
(…)

Artículo 23. Seguridad y salud en el teletrabajo
(…)
23.6 El empleador comunica y capacita al teletrabajador sobre las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el teletrabajo que está obligado a cumplir en el lugar en el que desarrolla sus labores, entre las cuales obligatoriamente deben establecerse los descansos para la realización de pausas activas durante la jornada de trabajo.

Artículo 2. Incorporación de los numerales 6.6 y 6.7 en el artículo 6 y el literal k) en el artículo 12 de la Ley 31572 Ley del Teletrabajo.

Incorpórese los numerales 6.6 y 6.7 en el artículo 6 y el literal k) en el artículo 12 de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, los mismos que quedarán redactado de la siguiente manera:

Artículo 6. Derechos del teletrabajador
(…)
6.6. El tiempo perdido por el teletrabajador a causa de cortes en el suministro de la luz o internet debidamente acreditados, no puede ser objeto de descuento en las remuneraciones del teletrabajador, ni tampoco es objeto de recuperación posterior.
6.7. El reglamento regula los derechos del teletrabajador

Artículo 12. Contenido mínimo del contrato o del acuerdo del cambio de modalidad de prestación de labores

Para la contratación de teletrabajadores o para el cambio de modalidad de prestación de labores de la modalidad presencial al teletrabajo, el empleador y el trabajador o servidor civil definen, como mínimo, los siguientes aspectos:
(…)
k) Regular de ser el caso la posibilidad el retiro de documentación confidencial de la oficina para realizar el teletrabajo desde casa, precisando las responsabilidades por parte del teletrabajador.
(…)

[Continúa …]

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