La Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Loreto, encargada del juzgamiento de altos funcionarios, sentenció a Jean Franco Picciotti Díaz, ex fiscal de Loreto, a ocho años de pena privativa de la libertad por el delito de cohecho pasivo específico.
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La imputación precisa que el entonces fiscal solicitó, a través de un abogado, la cantidad de 5 mil soles a la empleadora de un hombre acusado de robo agravado, con el fin de elaborar defectuosamente el requerimiento de prisión preventiva de dicho sindicado (de nacionalidad colombiana). De modo que, al presentar dicho expediente con vicios ante el Poder Judicial, perjudicaría la toma de una decisión justa.
En voto unánime, el tribunal de justicia conformado por los jueces Carlos Alberto Del Piélago Cárdenas, Pascual Ceberino Del Rosario Cornejo y Manuel Humberto Guillermo Felipe impuso la citada condena, además de la inhabilitación por el mismo período, y el pago de diez mil soles de caución. A su vez, la sanción será ejecutada de ser confirmada por el superior jerárquico.

El accionar del ex operador de justicia se tipifica en el artículo 395 del Código Penal, el cual explica: El magistrado. Arbitro, Fiscal, Perito, Miembro de Tribunal Administrativo o cualquier otro análogo a los anteriores que bajo cualquier modalidad solicite, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, con el fin de influir en la decisión de un asunto que esté sometido a su conocimiento, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho años.
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Cabe anotar que la conformación de este tribunal de justicia fue dispuesta por la Corte de Loreto en marzo del 2023, con el objetivo de fortalecer la lucha contra la corrupción.
Iquitos, 6 de febrero de 2024.
Fuente: Corte Superior de Justicia de Loreto

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