¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre introducción al derecho sucesorio. La clase estará a cargo de la especialista Juan Carlos Del Aguila Llanos.
El docente Juan Carlos Del Aguila Llanos es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Socio fundador del estudio jurídico Del Aguila Llanos Abogados. Abogado litigante especialista en derecho de familia y sucesiones. Escritor de artículos y libros dedicados al derecho de familia. Y profesor exclusivo de LP – Pasión por el derecho.
No puedes perderte esta clase gratuita, útil y práctica, que estamos seguros, no podrán encontrar en otro lugar.
Asimismo, es grato comunicarles que el profesor Juan Carlos Del Aguila Llanos formará parte de nuestra plana docente en el Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias).

LIBRO «Mi primer juicio de familia. ¿Qué le digo al juez?» GRATIS HASTA EL 26 DE MARZO
Vale precisar que, este curso está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y a todo el público interesado.
Además, recordarles que en nuestro Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias), se abordarán temas acerca del fenómeno jurídico sucesorio, apertura de la sucesión, herencia yacente, petición de herencia, indignidad sucesoria, renuncia de la herencia, formalidades del testamento, sustitución de herederos y legatarios, entre otros temas de amplia relevancia en materia de sucesiones.
La clase gratuita sobre introducción al derecho sucesorio se desarrollará este lunes, 25 de marzo a las 11:30 a. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
Finalmente, recuerda aprovechar la oportunidad y matricularte a nuestro Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias). y acceder a nuestros beneficios.
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![Si el estatuto prohíbe la reelección sin mayores distinciones, ¿un directivo puede postular a cargo distinto? No puede realizarse distinción alguna en cuanto a si la reelección es respecto de la calidad de miembro o en atención al cargo que ocupa, si el estatuto habiendo prohibido reelección no la realiza [Resolución 2008-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/representante-de-una-asociacion-irregular-sin-acta-de-constitucion-ni-estatuto-tiene-legitimidad-para-solicitar-nulidad-de-actos-celebrados-LPDerecho-218x150.png)
![La errónea denominación del despido no justifica la improcedencia de la demanda cuando se alega vulneración de derechos fundamentales [Casación 4596-2012, Lambayeque, ff. jj 13 y 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Para inscribir el cambio de domicilio de una sociedad en el Registro de una Oficina Registral distinta a aquella donde está inscrita la sociedad, no se requiere presentar una nueva escritura pública de modificación de estatutos, puesto que dicha información ya forma parte del archivo registral [Res. 2242-2026-SUNARP-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Sala ampara demanda de fiscales sobre sus remuneraciones y devengados declarando el estado de cosas inconstitucional para que se aplique a todos, y se cumpla bajo severo apercibimiento de destitución [Exp. 21147-2012-0-1801-JR-CI-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Ministerio-Publico-Poder-Judicial-LPDerecho-218x150.jpg)




![De conformidad con lo establecido en el art. 59.1 del Reglamento, ante la ausencia del miembro titular del comité, el suplente respectivo asume la posición del titular en lo sucesivo del procedimiento de selección en la etapa en que este se encuentre [Opinión D000046-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)












![La prescripción adquisitiva de dominio de un copropietario respecto de un bien común es nula por atentar la norma imperativa regulada en el art. 985 CC, por lo que, de manera «extensiva», puede ser cuestionado judicialmente a través de un proceso de nulidad de acto jurídico por la causal regulada en el inc. 8, art. 219 CC [Casación 5056-2019, Arequipa, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![No existe incongruencia extra petita en el fallo, si el juez ordena que se cancele la inscripción registral en la que aparece como propietario del inmueble el demandado, ya que esta situación está estrechamente vinculada a la declaración de propietario por prescripción adquisitiva al actor, siendo una lógica consecuencia de esta a la luz del art. 952 CC [Casación 2345-2018, Lima Este, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-218x150.jpg)


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![No corresponde otorgamiento de escritura pública de donación a favor de compañía de bomberos, ya que no se cumplió con la formalidad requerida [Casación 615-2016, Ventanilla] Bomberos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Bomberos-LP-324x160.png)