Jurisprudencia del artículo 845 del Código Civil.- Aplicación supletoria de normas sobre copropiedad

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Artículo 845.- Aplicación supletoria de normas sobre copropiedad
El estado de indivisión hereditaria se rige por las disposiciones relativas a la copropiedad, en lo que no estuviera previsto en este capítulo.


Concordancias

CC: arts. 969-982.


Jurisprudencia del artículo 845 del Código Civil

  • Corte Suprema

  1. No procede oposición de inscripción registral de predio rústico por copropietario poseedor si bien está en estado de indivisión hereditaria [Casación 1170-2010, Junín]. Link: lpd.pe/ky7D7
  2. Hijos del causante pueden vender  acciones y derechos sobre inmueble sujeto a régimen de indivisión al no afectar a otros copropietarios [Casación 1071-2014, Áncash]. Link: lpd.pe/pzr3g
  3. Sucesión no puede impugnar pago del impuesto predial antes del vencimiento del plazo de indivisión porque tiene condición de condómino [Casación 1063-2020, Lima]. Link: lpd.pe/0q5Dm
  • Tribunal Fiscal 

  1. No procede levantamiento de embargo sobre lote no independizado de hermana de deudor bancario por ser un bien sujeto a indivisión hereditaria [RTF 03967-2-2013]. Link: lpd.pe/pboJO

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