Artículo 173.- Violación sexual de menor de edad*
El que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de catorce años, será reprimido con pena de cadena perpetua.
*Artículo modificado por los siguientes dispositivos:
- Ley 26293, publicada el 14 de febrero de 1994 (link: lpd.pe/k7mYZ).
- DL 896, publicado el 24 de mayo de 1998 (link: lpd.pe/2V8O8).
- Ley 27472, publicada el 5 de junio de 2001 (link: bit.ly/44T9qCM).
- Ley 27507, publicada el 13 de julio de 2001 (link: bit.ly/3OkbzAq).
- Ley 28251, publicada el 8 de junio de 2004 (link: lpd.pe/px7Q8).
- Ley 28704, publicada el 5 de abril de 2006 (link: bit.ly/3Yi9oBZ).
- Ley 30076, publicada el 19 de agosto de 2013 (link: bit.ly/44KHMrq).
- Ley 30838, publicada el 4 de agosto de 2018 (link: bit.ly/3rTMhBE).
Concordancias
C: arts. 2.1, 2.24.h; 3, 4, 10; CP: arts. 12, 22, 23, 29, 45, 57-61, 92, 93, 121-A, 152.1, 5; 176-A, 177, 178, 183-A; NCPP: arts. 135, 136, 143; CC: arts. 402.4, 418, 502; DUDH: art. 3; PIDCP: arts. 9, 24; CADH: arts. 7.1, 19; DADDH: art. I; CAPPDH: arts. 7, 45.7, 45.11; CEDH: art. 5.1.
Jurisprudencia del artículo 173 del Código Penal
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Corte Suprema
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- Criterios para aplicar «error de comprensión culturalmente condicionado» en el delito de violación sexual de menor (doctrina legal) [AP 1-2015/CIJ-116]. Link: bit.ly/3ECcjwy
- Aplicación del artículo 173.3 del CP modificado por Ley 28704 (doctrina legal) [AP 4-2008/CJ-116]. Link: bit.ly/3XgXp5q
- Alcance interpretativo del artículo 173.3 del CP, modificado por Ley 28704, para la determinación judicial de la pena (doctrina legal) [AP 7-2007/CJ-116]. Link: bit.ly/3YlSmlB
- NUEVO: Cuatro supuestos en los que el juez penal puede disponer la realización de un examen a la víctima de violación sexual en juicio [Casación 1102-2023, Ucayali]. Link: lpd.pe/0mYJX
- NUEVO: El «ano infundibuliforme» tiene la misma naturaleza que un «himen complaciente» [Casación 3018-2022, Del Santa]. Link: lpd.pe/0WY9n
- NUEVO: El himen complaciente puede presentar desgarros en atención a la desproporción de los órganos sexuales [Casación 904-2021, Áncash]. Link: lpd.pe/0RbB6
- No siempre las secuelas del daño psicológico se manifiestan o exteriorizan inmediatamente, sino mucho tiempo después y permanentemente en el tiempo [Casación 719-2019, Ayacucho]. Link: bit.ly/3SLSbOC
- La edad de la víctima no puede deducirse de lo que pudo haber pensado el imputado, sino a través de los criterios de imputación del dolo [Casación 552-2019, Cañete]. Link: bit.ly/3ELZY91
- El consentimiento o la ausencia de un daño psicológico en un menor de 14 años no es causa de atipicidad ni de justificación [Casación 1485-2018, Madre de Dios]. Link: bit.ly/3JfmBWM
- Si madre de menor sabía de los abusos sexuales que sufría por parte de su pareja y no hizo nada por impedirlo, es responsable por omisión impropia [Casación 725-2018, Junín]. Link: bit.ly/3Sv036Q
- El consentimiento del acto sexual de un menor resulta inexistente [Casación 308-2018, Moquegua]. Link: bit.ly/3SrDFeJ
- Desconocimiento de la edad de la víctima no es un error de prohibición sino de tipo [Casación 436-2016, San Martín]. Link: bit.ly/3Y9IGd7
- Violación de menor de 14 años que sufre retardo mental debe subsumirse en el art. 173 y no en el art. 174 del CP [Casación 47-2012, Sullana]. Link: bit.ly/3ZDGfRf
- La «libertad sexual» es el bien jurídico protegido en el delito de violación a mayores de 14 años (doctrina jurisprudencial) [Casación 148-2010, Moquegua]. Link: bit.ly/3ZnZH44
- Ante la falta de una partida de nacimiento, no son suficientes la declaración de la madre y el certificado médico legal para acreditar la minoría de edad [RN 2010-2021, Lima Sur]. Link: bit.ly/3mmdcmx
- Mujer que se hace penetrar por menor de edad comete delito de violación [RN 486-2021, Junín]. Link: bit.ly/3WAngF1
- Si menor sufre violación sexual 8 horas antes de cumplir 14 años, se vulnera su libertad sexual [RN 1474-2019, Áncash]. Link: bit.ly/3kECX0T
- Se descarta de plano un «error de tipo» si entre la víctima y el agraviado hay una diferencia de 23 años [RN 1068-2019, Piura]. Link: bit.ly/3IT4lSa
- Violación sexual de menor: No se puede pedir a la víctima que tenga una precisión matemática sobre la edad de su agresor [RN 826-2019, Cusco]. Link: bit.ly/3hYMVZv
- Menor de 14 años que consiente el acto sexual por la promesa de recibir un celular y ropa es víctima del delito de violación a menor [RN 208-2019, Loreto]. Link: bit.ly/3XlpVnF
- Violación sexual: No es aplicable el error de tipo alegando confusión en la edad de la víctima por el lenguaje inapropiado que ella usaba en redes sociales [RN 1538-2018, Callao]. Link: bit.ly/44b3pBj
- Error de tipo: Si víctima participa en una reunión en la que libó licor, no es posible estimar que el imputado desconocía su verdadera edad [RN 2326-2018, Lima Norte]. Link: bit.ly/40bYa2v
- Concurso de delitos: el delito de violación sexual o actos contra el pudor a menor no absorben al delito de pornografía infantil [RN 2047-2018, Ayacucho]. Link: bit.ly/3qaomK7
- Acto sexual consentido por menor es inválido, aunque exista una relación sentimental [RN 1473-2018, Lima Este]. Link: bit.ly/3kDvAXG
- Imposición de prácticas sexuales a menor de 12 años como culturales es jurídicamente inaceptable [RN 2135-2017, Junín]. Link: bit.ly/3Xr9eXW
- Aspectos probatorios para configurar el error de tipo sobre la edad de la víctima [RN 1740-2017, Junín]. Link: bit.ly/3hXrMid
- La felación «pasiva» y «activa» de un menor de edad configura delito de violación sexual [RN 189-2017, Junín]. Link: bit.ly/3tOCCd3
- Se debe imponer pena suspendida por violación sexual de menor de edad para conservar unidad familiar [RN 3495-2015, Áncash]. Link: bit.ly/3AEJ1vs
- Si el acto sexual se produce con violencia o amenaza, es irrelevante alegar el desconocimiento de la edad de la menor sexual [RN 3303-2015, Lima]. Link: bit.ly/3ZeU1tE
- Que víctima suba fotos sugestivas en su Facebook que la hacen parecer mayor hace probable que el encausado caiga en error sobre su edad [RN 3175-2015, Lima Sur]. Link: bit.ly/3IQOz9w
- Practicar «felación» a menor constituye violación sexual [RN 2644-2015, Junín]. Link: bit.ly/3XDe97S
- Criterios para valorar el consentimiento del menor de edad en el delito de violación sexual [RN 415-2015, Lima Norte]. Link: bit.ly/3EugwSe
- No denunciar la violación sexual de hija no convierte a la madre en partícipe del delito [RN 3231-2014, Del Santa]. Link: bit.ly/3SvYNjU
- «Consentimiento» del menor no genera atipicidad de la conducta [RN 2321-2014, Huánuco]. Link: bit.ly/41Byzk1
- La protección de la indemnidad sexual de menores es menos intensa cuando están más próximos a los catorce años de edad [RN 318-2010, Lima]. Link: bit.ly/3IMuFMu
- Violación sexual: No es determinante la efectiva edad cronológica de la menor agraviada, sino la que exteriorizó al momento de los hechos [RN 2540-2009, Apurímac]. Link: bit.ly/3kGTZM4
- No se configura tentativa de violación, aunque el imputado derribe y saque el short a una menor si no se bajó sus prendas íntimas, sufrió una erección o evidenció de otro modo su animus lujurioso [RN 2373-2004, Ayacucho]. Link: bit.ly/3m7suvB
- La figura de «violación presunta» no admite el consentimiento como acto exculpatorio [RN 1674-2004, La Libertad]. Link: bit.ly/3EQh2e5
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Corte Superior
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- NUEVO: Violación sexual: se considera como un acto de penetración desde que el medio comisivo supera los «labios mayores» [Exp. 05122-2023-14-0405-JR-PE-02]. Link: lpd.pe/k7roP
- NUEVO: Enfoque de género: Es nula la sentencia que no aplique los parámetros fijados en el Protocolo de Administración de Justicia con Enfoque de Género del Poder Judicial [Exp. 00134-2023-31-1608-JR-PE-01]. Link: lpd.pe/266KD
- NUEVO: Reducción prudencial de la pena en el delito de violación sexual de menor por responsabilidad restringida del imputado (19 años) y ser agente primario [Exp. 4419-2021-39]. Link: lpd.pe/29J4N
- Sugilaciones en senos y cuello dan cuenta del consentimiento de la menor para tener relaciones [Exp. 01396-2021-75]. Link: bit.ly/40epYSu
- La sola declaración de la víctima no basta para acreditar la responsabilidad por delitos contra la libertad sexual de menores [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil, Laboral, Contenciosos Administrativo y Penal de Loreto, 2007]. Link: bit.ly/3neOpkO
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Tribunal Constitucional
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- Decirle «niña linda» a agraviada desacredita error de tipo respecto a la edad en delito de violación sexual de menor [Exp. 04357-2016-PHC/TC]. Link: bit.ly/3MieF74
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Corte Interamericana de Derechos Humanos
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- Estados están en la «obligación estricta» de adoptar medidas contra la violencia o abuso sexual y toda forma de violencia contra niños y niñas [Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador]. Link: bit.ly/3IBXVWc
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
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- Los abusos a niños —como lamer el trasero, tocar el pene y meter el dedo al trasero— cometidos por otros niños son «malos tratos» [X y otros vs. Bulgaria]. Link: bit.ly/3kEA14y
- En casos de abuso sexual de menores, la existencia de mecanismos útiles de detección y comunicación es fundamental para aplicar la ley penal [O’Keefee vs. Irlanda]. Link: bit.ly/3YeFsVy
- Los abusos a niños —como lamer el trasero, tocar el pene y meter el dedo al trasero— cometidos por otros niños son «malos tratos» [X y otros vs. Bulgaria]. Link: bit.ly/3kEA14y
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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