Artículo 1221.- Indivisibilidad del pago
No puede compelerse al acreedor a recibir parcialmente la prestación objeto de la obligación, a menos que la ley o el contrato lo autoricen.
Sin embargo, cuando la deuda tiene una parte líquida y otra ilíquida, puede exigir el acreedor el pago de la primera, sin esperar que se liquide la segunda.
Concordancias
CC: art. 1220; CPC: arts. 716, 717; CT: arts. 36, 37; LTV: arts. 64, 65, 148.
Jurisprudencia del artículo 1221 del Código Civil
Corte Suprema
- Ejecutado no puede pretender el levantamiento de hipoteca mediante minuta, pues la renuncia de acreedor por haberse cancelado la obligación debe constar en escritura pública [Casación 5374-2007, Arequipa]. Link: lpd.pe/3Eawa
Corte Superior
- Ejecutado no puede obligar a Scotiabank a recibir parcialmente el crédito garantizado con pagaré, pues ello configuraría un supuesto de incumplimiento al no contar con el consentimiento del acreedor [Exp. 01134-2022-0]. Link: lpd.pe/kjEA5
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