PJ aprueba servicio de atención de reclamos «Presidencia te atiende» [RA 000350-2022-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 01 de octubre de 2022.

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Mediante la Resolución Administrativa 000350-2022-CE-PJ, aprueban aplicativo para atención de reclamos denomindado «Presidencia te atiende».


Aprueban implementación del servicio de atención de reclamos a través de aplicativo web denominado “Presidencia te atiende”, con alcance a todos los órganos jurisdiccionales del país; y aprueban la Directiva N° 021-2022-CE-PJ denominada “Servicio de Atención de Reclamos, Presidencia te atiende” (Versión 001)

CONSEJO EJECUTIVO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000350-2022-CE-PJ

Lima, 27 de septiembre del 2022

VISTO:

El Oficio N° 000608-2022-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, relacionado al proyecto de servicio de atención de reclamos a través de un aplicativo web denominado “Presidencia te atiende”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Gobierno Abierto es considerado eje transversal de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y busca fortalecer la relación Estado-Ciudadano y generar espacios colaborativos con las personas en los procesos de creación y de toma de decisiones. Bajo esos lineamientos promueve la transparencia y acceso a la información, participación ciudadana, rendición de cuentas e integridad; así como la mejora de la calidad de la provisión de bienes, servicios y regulaciones para fortalecer la democracia, la legitimidad de la acción pública y el bienestar colectivo.

Segundo. Que, el Poder Judicial se encuentra inmerso en el marco normativo del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, cuyo objetivo se orienta a optimizar la gestión interna de las entidades públicas en busca de satisfacer las necesidades y expectativas de la ciudadanía.

Tercero. Que, el artículo 139°, inciso 3), de la Constitución Política del Perú establece, como principios y derechos de la función jurisdiccional, la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Estos principios constitucionales han sido desarrollados en el artículo 34° de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, cuyo inciso 1) señala que se debe impartir justicia con independencia, prontitud, imparcialidad, razonabilidad y respeto al debido proceso; asimismo, el inciso 6) precisa que se debe observar con diligencia los plazos legales para la expedición de resoluciones y sentencias, y vigilar el cumplimiento de la debida celeridad procesal, los cuales son deberes de los magistrados/as.

Cuarto. Que, bajo esos lineamientos el Poder Judicial en su Plan Estratégico Institucional 2021-2030 se traza como uno de los objetivos prioritarios el fortalecer la celeridad de la administración de justicia en beneficio de la sociedad (OEI.01) e impulsar la mejora de la calidad del servicio de justicia para la sociedad (OEI.04); quedando en evidencia el compromiso de brindar un servicio de administración de justicia de calidad dentro de un plazo razonable.

Quinto. Que, en aras de alcanzar los objetivos antes descritos la Presidencia del Poder Judicial remitió el proyecto de servicio de atención de reclamos a través de un aplicativo web denominado “Presidencia te atiende”, y solicitó su aprobación.

Sexto. Que, esta propuesta constituye un mecanismo de atención de reclamos de los ciudadanos a través de una herramienta informática que busca mejorar el servicio que brinda el Poder Judicial bajo la promoción de la transparencia, el acceso a la información y la participación ciudadana. Asimismo, tiene el propósito mediato de mejorar la imagen institucional, con la atención oportuna de los reclamos que pudieran tener los usuarios/as del servicio de administración de justicia.

Sétimo. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el Oficio Nº 000608-2022-GG-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el proyecto de directiva para regular el servicio de atención de reclamos “Presidencia te atiende”, adjuntando los Informes N° 000161-2022-SR-GP-GG-PJ y N° 000745-2022-OAL-GG-PJ, emitidos por la Subgerencia de Racionalización y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General, quienes brindan opinión favorable, técnica y legal, respectivamente, respecto del proyecto normativo propuesto, para la prosecución de su trámite de aprobación.

Octavo. Que, la referida directiva tiene como objetivo regular las actividades específicas para la atención de reclamos sobre el servicio de administración de justicia a través del aplicativo web la “Presidencia te atiende”, a efectos de hacer efectivo el principio de celeridad procesal en el servicio que brinda el Poder Judicial, lo que contribuye a mejorar la imagen institucional.

Noveno. Que, el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina, como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que resulta importante la implementación del servicio propuesto, con el fin de incidir en la óptima funcionalidad de los órganos jurisdiccionales en las distintas especialidades y, por consiguiente, en la resolución eficiente y eficaz de su carga laboral.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1185-2022 de la cuadragésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de setiembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención de la señora Medina Jiménez por encontrarse de viaje en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la implementación del servicio de atención de reclamos a través de un aplicativo web denominado “Presidencia te atiende”, con alcance a todos los órganos jurisdiccionales del país. Este servicio se iniciará en las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, y continuará de forma progresiva a nivel nacional.

Artículo Segundo.- Aprobar la Directiva N° 021-2022-CE-PJ denominada “Servicio de Atención de Reclamos, Presidencia te atiende” (Versión 001); que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus órganos de línea competentes, realice las acciones administrativas y brinde el apoyo técnico necesario, para el cumplimiento de la presente resolución y sostenibilidad de la herramienta informática.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, proceda con la capacitación a los señores relatores de las Salas Supremas sobre el uso del referido aplicativo.

Artículo Quinto.- Disponer que el encargado del equipo “Presidencia te Atiende” presente de forma mensual sobre la cantidad de atenciones a los usuarios/as; así como proponer las mejoras de uso del aplicativo.

Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de Imagen y Comunicaciones, efectúe campañas de difusión del presente servicio de atención de reclamos dirigidas a los magistrados/as del Poder Judicial y a los usuarios/as del servicio de administración de justicia.

Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus órganos de línea competentes, realice las acciones administrativas y brinde el apoyo técnico necesario para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Octavo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Noveno.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura, jueces supremos que integran las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta

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