El magistrado Juan Carlos Checkley Soria, titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, rechazó la solicitud de variación de la prisión preventiva, por un período de 18 meses, en contra del expresentador XXXX.
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El exconductor del programa XXXX, conocido en el ambiente artístico como XXXX, se encuentra bajo investigación por los presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho activo.
En su resolución, el juez desestimó la solicitud de su defensa para modificar la medida cautelar, ratificando su permanencia en el establecimiento penitenciario de Lurigancho.
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XXXX buscaba la sustitución de la prisión preventiva por una «detención (arresto domiciliario) y/o alternativamente vigilancia electrónica (grillete electrónico) con restricciones adicionales».
EXPEDIENTE N.° : 00058-2024-9-5001-JS-PE-01
IMPUTADO : XXXX
DELITO : TRÁFICO DE INFLUENCIAS
AGRAVIADO : EL ESTADO PERUANO
JUEZ SUPREMO (p) : JUAN CARLOS CHECKLEY SORIA
ESP. JUDICIAL : PILAR NILDA QUISPE CHURA
AUTO QUE RESUELVE CESACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISEIS
Lima, tres de enero dos mil veinticinco.
AUTOS, VISTOS Y OÍDOS en audiencia pública, la solicitud de variación de prisión preventiva presentada por la defensa del imputado XXXX y los escritos con registros de ingreso N°4101-2024 (defensa brinda datos para audiencia), N° 4103- 2024 (imputado XXXX subroga a anterior defensa y designa como abogado al letrado Russell H. Robles Gonzáles); Y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- ANTECEDENTES
1.1. Mediante disposición de 26/09/2024 la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios públicos, formalizó investigación preparatoria por el plazo de 8 meses, entre otros, contra XXXX, como presunto coautor del delitos contra la Administración Pública, modalidad tráfico de influencias, en agravio del Estado.
1.2. Mediante requerimiento de 26/09/2024, el Ministerio Público solicitó prisión preventiva por el plazo de 18 meses, entre otros, contra XXXX; este requerimiento se resolvió mediante Resolución N°4 de 02/10/2024, declarándose fundado respecto del recurrente XXXX, imponiéndosele prisión preventiva por el plazo de 18 meses; al ser apelada dicha decisión, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia por Auto de Vista contenido en el recurso de Apelación N° 326 20247Suprema de 30/10/2024 confirmó dicha prisión preventiva.
[Continúa…]
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