Protocolo intersectorial para la atención a víctimas de trata de personas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) [RM 203-2014-MIMP]

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Mediante Resolución Ministerial 203-2014-MIMP, de fecha 20 junio del 2014, el Ministerio del Interior dispuso la publicación del proyecto de «Protocolo intersectorial para la atención a víctimas de trata de personas en el ministerio de la mujer y poblaciones vulnerables (MIMP)».


Resolución Ministerial

N° 203-2014-MIMP

Lima, 20 junio del 2014

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual establece en el literal f) del artículo 5 que este Ministerio tiene competencia en la atención y recuperación de las víctimas de trata de personas, trabajo infantil y trabajo forzoso;

Que, el Reglamento de la Ley N° 28950 – Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2008-IN, estipula en el artículo 8o que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a través de sus órganos competentes, desarrollará estrategias para la prevención de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, para lo cual deberá, entre otros, proponer los lineamientos de intervención para la protección de víctimas de trata de personas y el tráfico ¡lícito de migrantes en todos los proyectos, programas y servicios del Sector como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, la Dirección General Contra la Violencia de Género, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar y el Programa Nacional Yachay del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, han elaborado el Protocolo Intrasectorial para la Atención a Víctimas de Trata de Personas;

Que, el referido documento tiene como objetivo, orientar las acciones y los procedimientos prácticos y viables a seguir por los órganos de línea y Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para que de acuerdo a sus competencias y funciones, brinden una atención oportuna y eficiente a la víctima de trata de personas y de esta manera garantizar su protección y recuperación en el marco de la normatividad nacional y los estándares internacionales;

Que, conforme a lo antes señalado, resulta necesario aprobar el Protocolo Intrasectorial para la Atención a Víctimas de Trata de Personas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Yachay, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Dirección General Contra la Violencia de Género, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Protocolo Intrasectorial para la Atención a Víctimas de Trata de Personas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP” que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe).

[Continúa…]

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