Mediante esta nota les hacemos llegar una explicación clara y precisa que realiza el Dr. Jorge Toyama Miyagusuku, respecto al principio protector in dubio pro operario, en el ciclo de entrevistas denominado «Referente jurídico del día» que, con acierto, ha inaugurado la Academia de la Magistratura. Sin más preámbulo, les dejamos a continuación sus reflexiones. Y para quienes no puedan reproducir el vídeo, también hemos transcrito sus apreciaciones.
Vea también: Gratificaciones y aguinaldos en el sector público, por José Luis Jara Bautista
El in dubio pro operario es un principio que según el cual en caso de duda de una norma se interpreta a favor del trabajador. Es uno de los principios más usados en materia laboral en las demandas, en los reclamos. Normalmente la parte laboral señala que la duda favorece al trabajador. Pero este es uno de los principios menos aplicados en la realidad, porque para aplicar este principio tiene que haber tres requisitos:
- Tiene que haber una norma jurídica.
- Que esa norma sea de dudosa interpretación.
- Que de las varias interpretaciones posibles, una de ellas sea favorable al trabajador.
De tal manera que, por ejemplo, cuando se discute un despido y me pregunto si hubo o no un despido verbal, aplicamos el in dubio pro operario. No aplica aquí. No aplicaría en este ejemplo, porque no estamos ante la duda de una norma, sino ante la duda de un hecho, ¿ocurrió o no ocurrió? En este caso el juez deberá agotar todos los medios de interpretación y de probanza, para demostrar si el trabajador o el empleador es quien tiene la razón.
Un segundo ejemplo sería: hay discusión si el trabajador realizó o no horas extras, a veces puede ser que haya duda o no haya duda; entonces, ahí el juez no puede basarse en la duda para favorecer al trabajador. Hay horas extras, no se puede porque aquí nuevamente estamos discutiendo hechos.
Lea también: Desnaturalización de contratos en el sector público
Voy a poner un ejemplo de in dubio pro operario válido. Imaginemos la asignación familiar. Hay un derecho que dice que los trabajadores que tienen hijos tienen derecho al 10% del mínimo vital mensual. Pero qué pasa si un trabajador laboró un día, diez días, quince días… Hay discusión si le corresponde, por cada día, un treintavo de la asignación familiar o el 100% de la asignación familiar. La ley no es clara.
Entonces, en casos donde la ley no es clara se escoge la interpretación más favorable al trabajador, que en este caso sería la asignación familiar completa, aunque haya laborado, uno, dos o tres días, no importa, se escoge la interpretación más favorable al trabajador que es el 100% de la asignación familiar. Así resuelve, por ejemplo, la Autoridad de Trabajo y por ahí he visto algunas sentencias también. Este último caso, es un ejemplo claro en donde aplican válidamente el in dubio pro operario.
Vídeo: El principio in dubio pro operario, por Jorge Toyama Miyagusuku
Jorge Toyama es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con Maestría en Derecho Constitucional por la misma casa de estudios. Socio de Miranda & Amado desde el año 2003. Es especialista en Derecho Laboral y ha sido miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Trabajo y Promoción Social. También se ha desempeñado como consultor laboral del Banco Mundial, BID, USAID, CEPAL y OIT. Es profesor Principal de la Pontificia Universidad Católica del Perú, profesor de la Universidad de Piura, ESAN, Universidad del Pacífico y de la Academia de la Magistratura. Autor de varios libros y artículos periodísticos. Conferencista nacional e internacional.
19 May de 2017 @ 10:02
![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)


![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)





![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sala declara ilegal diligencias de control de identidad y registro vehicular por violación del principio de legalidad, y manda copias a Inspectoría de la PNP [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)


![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)
![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-324x160.jpg)

![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)