El congresista Pedro Edwin Martínez Talavera presentó una denuncia constitucional formal contra el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, por presuntamente haber permitido el uso de bienes del Estado con fines partidarios. La acusación se sustenta en imágenes que evidenciarían la utilización de una cámara institucional del Parlamento durante un mitin político de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
En el documento, Martínez Talavera afirma que interpone la denuncia «en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99 de la Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso», contra al titular del Legislativo por «infracción a la Constitución al presuntamente permitir el uso de bienes del Estado (equipos de transmisión y cámara del Congreso) para fines partidarios durante un mitin político de la señora Keiko Fujimori».
El congresista sostiene que la conducta denunciada vulnera los artículos 39, 40, 41 y 76 de la Carta Magna. Según el escrito:
El día 30 de octubre de 2025, con motivo del mitin político de lanzamiento de la precandidatura presidencial de la señora Keiko Fujimori, celebrado en la ciudad de Trujillo, se evidenció la utilización indebida de bienes patrimoniales del Congreso de la República.

Además, se precisa que, en las imágenes difundidas por Sol TV, «se observó de manera clara e inequívoca una cámara de video con un autoadhesivo que contenía la siguiente identificación oficial: Congreso de la República – registro secuencial 25459 – inventario físico general 2024», elemento que acreditaría su pertenencia al Legislativo.
El caso también es materia de revisión por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo, que, mediante resolución del 7 de noviembre, dispuso que se «precise e identifique al servidor público del Congreso que utilizó la cámara institucional para filmar el mitin de Fuerza Popular».
El informe de fiscalización del JEE sostiene que Rospigliosi, «en su calidad de máxima autoridad administrativa y jerárquica del Congreso, incurrió en responsabilidad funcional al no cautelar el uso adecuado de los bienes públicos bajo su custodia, acto que favoreció a la organización política Fuerza Popular».
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