PJ: estos distritos judiciales podrán hacer uso de la mesa de partes electrónica [RA 405-2020-CE-PJ]

Publicado el 10 de enero de 2021, en el diario oficial El Peruano.

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Disponen mantener la suspensión de la Mesa de Partes Electrónica conforme a la Res. Adm. N° 000351-2020-CE-PJ, con excepción en los Distritos Judiciales de Cusco, Callao, Puno, Lima, Lima Sur, Puente Piedra-Ventanilla, Lima Norte, Selva Central, Apurímac; y la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 405-2020-CE-PJ

Lima, 30 de diciembre de 2020

VISTO:

El Oficio Nº 000185-2020-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial suspendió temporalmente el uso de la Mesa de Partes Electrónica desarrollada para la especialidad penal, hasta que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial adecue y reformule sus procedimientos y protocolos, según la casuística detallada en el Informe N° 000029-2020-NOR-ST-UETI-CPP-PJ de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Asimismo, entre otras medidas, dispuso que las funciones desplegadas por la Mesa de Partes Electrónica para la especialidad penal serán asumidas íntegramente por el Sistema de Mesa de Partes Virtual Penal, aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 000145-2020-CE-PJ, hasta que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial realice las adecuaciones pertinentes; cuyo despliegue final deberá contar con la validación de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Oficio Nº 000185-2020-CR-UETI-CPP-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno el Informe N° 000033-2020-NOR-ST-UETI-CPP-PJ del Componente Normativo de la citada Unidad, por el cual informa que se convocó a reunión con los integrantes de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Gerente de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, Sub Gerente de Desarrollo de la Gerencia de Informática, y los servidores del área usuaria e ingenieros informáticos de un grupo de Cortes Superiores del país. A partir de ello, se evaluó el trabajo sincronizado respecto al ingreso de expedientes y escritos en la especialidad penal a través de los aplicativos informáticos denominados “Mesa de Partes Virtual Penal” (UETI-CPP) y “Mesa de Partes Electrónica” (Gerencia de Informática); así como, los alcances respecto a la Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ; concluyendo en la realización de acciones conjuntas a corto y mediano plazo, a fin de optimizar el uso de estas plataformas digitales en beneficio de los usuarios del sistema de justicia penal.

Tercero. Que, en ese contexto, de las conclusiones expresadas en dicha reunión técnica, resulta necesario que se mantenga la continuidad del servicio de la Mesa de Partes Electrónica, por ahora únicamente en los Distritos Judiciales en los que no se encuentre implementado integralmente el Sistema de Mesa de Partes Virtual de la Especialidad Penal y/o en aquellas que no han reportado incidencias internas sobre su funcionalidad. Por ende, con la finalidad de dar celeridad a la ejecución de la Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ, y sobre la base de los acuerdos arribados en el Acta de fecha 28 de diciembre de 2020, este Órgano de Gobierno considera pertinente aprobar las recomendaciones efectuadas por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

Cuarto. Que, de lo expuesto en el informe antes referido, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas para mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito

Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1600-2020 de la septuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer que se mantenga la suspensión de la Mesa de Partes Electrónica conforme a la Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ, con excepción en los Distritos Judiciales de Cusco, Callao, Puno, Lima, Lima Sur, Puente Piedra-Ventanilla, Lima Norte, Selva Central, Apurímac; y la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

Artículo Segundo.- Establecer que se deberá mantener los demás extremos de la Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ, hasta que se cumpla con levantar las observaciones en las demás Cortes Superiores de Justicia del país, en coordinación con la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial.

Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento de los compromisos asumidos por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial y la Unidad del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal en el Acta de fecha 28 de diciembre 2020, en la cual se arribaron los siguientes acuerdos: a) Generar un ambiente de pruebas donde se genere, aborde y analice la casuística expuesta en el acta y la que se consignó en el Informe N° 029-2020-NOR-ST-UETICPP; y, b) Conformar y oficializar un Comité de Usuarios, designados por la UETICPP e integrado por los (administradores del Nuevo Código Procesal Penal, personal del área de informática y de los módulos penales encargados de operar la Mesa de Partes Electrónica; y del personal de la Unidad del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal), con el fin de sostener reuniones periódicas y definir las mejoras a la Mesa de Partes Electrónica.

Artículo Cuarto.- Recomendar que la Unidad del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal al 20 de enero de 2021, presente un informe sobre el funcionamiento de la Mesa de Partes Electrónica.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente

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