A través de la Resolución Administrativa 000140-2021-CE-PJ, el PJ aprueba la directiva «Sistema de gestión antisoborno del Poder Judicial»
Al final del post les dejamos el link de descarga.
Aprueban la Directiva N° 003-2021-CE-PJ denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000140-2021-CE-PJ
Lima, 30 de abril del 2021
VISTO:
El Oficio Nº 000644-2021-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al proyecto de Directiva denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprobó la “Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción”, estableciéndose que su ámbito de aplicación alcanza al Poder Judicial, y se encarga que en el marco de sus competencias se proceda con la implementación y ejecución de dichas políticas.
Segundo. Que, el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM aprobó el “Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción”, estableciéndose en su artículo 2º que las máximas autoridades de las entidades públicas adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales.
Tercero. Que, en este marco, el Poder Judicial en su Plan Estratégico Institucional 2019 – 2021, aprobado mediante la Resolución Administrativa Nº 067-2018-CE-PJ, estableció entre sus objetivos institucionales erradicar la corrupción en todas sus instancias. Asimismo, ordenar e integrar las decisiones adoptadas en materia de prevención, detección y sanción de la corrupción; y promover una cultura de integridad y ética pública en sus servidores y en la ciudadanía, y una cultura de transparencia y acceso a la información pública y rendición de cuentas.
Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 335-2018-CE-PJ, el Poder Judicial aprobó el “Plan Nacional del Poder Judicial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 12.2018 – 12.2021”, cuyo Objetivo 2, respecto a la gestión de riesgos establece entre otras estrategias, la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno – SGA, por lo que para la implementación de dicho sistema, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Acuerdo de fecha 14 de diciembre de 2020, aprobó la Política Antisoborno del Poder Judicial.
Quinto. Que, a través del Oficio Remoto Nº 038-2021-ST/INTEGRIDAD-PJ, el Presidente de la Comisión de Integridad Judicial ha presentado una propuesta de directiva denominada “Directiva del Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”, cuyo objetivo es estructurar el sistema de gestión antisoborno y establecer el marco general de los procedimientos y actividades que debe desarrollar el Poder Judicial, con el fin de cumplir los requisitos establecidos en la norma ISO 37001; propuesta que por mandado de la Resolución Corrida Nº 000102-2021-CE-PJ fue remitida a la Gerencia General del Poder Judicial, para el informe respectivo.
Sexto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio Nº 000644-2021-GG-PJ, señala que efectuada la revisión en el marco de lo dispuesto por la Directiva Nº 019-2020-CE-PJ, aprobada por la Resolución Administrativa Nº 370-2020-CE-PJ, y sustentada con las opiniones favorables de la Oficina de Asesoría Legal, emitida mediante Informe Nº 000522-2021-OAL-GG-PJ de fecha 09 de abril de 2021, que ratifica los Informes Nros. 000463 y 000227-2021-OAL-GG-PJ; así como de la Gerencia de Planificación, emitida mediante el Memorando Nº 000268-2021-GP-GG-PJ del 23 de marzo de 2021, que ratifica los Memorandos Nros. 211 y 038-2021-GP-GG-PJ; y de la Subgerencia de Racionalización emitida mediante Informe Nº 000059-2021-SR-GP-GG-PJ de fecha 23 de marzo de 2021, que ratifica el Memorando Nº 000080-SR-GP-GG-PJ e Informe Nº 000029-2021-SR-GP-GG-PJ, encontrado conforme la propuesta de directiva, por lo que recomienda continuar con el procedimiento de aprobación de la misma ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Sétimo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia, y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta que el proyecto de directiva se encuentra en línea con el Plan Nacional del Poder Judicial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 12.2018 – 12.2021, y la Política Antisoborno del Poder Judicial, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 571-2021 de la vigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de abril de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2021-CE-PJ denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la República, Órgano de Control Institucional de la entidad, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta

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