El grupo parlamentario de Alianza para el Progreso, por iniciativa de la congresista Marisol Espinoza con fecha 17 de diciembre del presente año, presentó el Proyecto de Ley 3728/2018-CR, que facultaría a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a allanarse en los procesos judiciales en materia provisional. El objeto del proyecto sería disminuir el número de demandas judiciales en materia provisional que el Estado mantiene con los pensionistas del D.L. 19990 y la Ley 20530.
En estricto, la norma autorizaría a la ONP a realizar el allanamiento en los procesos judiciales referidos. Cabe señalar que, según reportes de la propia institución, actualmente se estima en 53559 los procesos judiciales que mantiene el Estado con los pensionistas, involucrando a más de 12 mil adultos mayores. Así también, según un informe de la Defensoría del Pueblo, una persona, en promedio, suele iniciar un proceso judicial a los 62 años y culminar con este recién a los 67, y si la deuda es elevada, serían hasta cinco años más.
Asimismo, el ministro de justicia, Vicente Zeballos, ha referido que el Estado ha gastado de 15 a 17 millones de soles por estos juicios en los últimos cinco años, lo que significa que resultaría más rentable al fisco allanarse a los juicios pendientes. También un informe del diario La República ha señalado que, en los últimos 10 años, la ONP ha cancelado un total de 166 millones de soles por concepto de asistencia jurídica y técnica.
Lea también: ¡Precedente vinculante! ONP señala cómo debe calcularse pensión de jubilados
A continuación, les dejamon el texto de la fórmula legal para su análisis y debate.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE FACULTA A LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP) A ALLANARSE EN LOS PROCESOS JUDICIALES EN MATERIA PREVISIONAL
Articulo 1.- Objeto de la Ley
El proyecto de ley tiene como objetivo contribuir a reducá el numero de demandas judiciales en materia previsional que el Estaao mantiene con los pensionistas y jubilados del Decreto Ley 1990 y de la Ley 20530.
Artículo 2.- Del Allanamiento
Se autoriza a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), a realizar el allanamiento en los procesos judiciales, que en representación del Estado peruano mantenga con los pensionistas y jubilados del Decreto Ley 1990 y de la Ley 20530.
Lea también: ¡Atención! ONP sí debe pagar intereses por demorar pago a pensionistas
Artículo 3.- De las normas complementarias
La Oficina de Normalización Previsional (ONP), o la que hagas sus veces, en los procesos judiciales en representación del Estado peruano, queda autorizada para emitir las normas complementarias para la implementación del artículo 2o de la presente Ley.
Artículo 4.- Vigencia de la Ley
La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Déjese sin efecto todas las normas que se opongan a la aplicación de la presente Ley.




![Arbitraje de emergencia y asistencia judicial: Se declara improcedente la solicitud de asistencia judicial para ejecutar una medida cautelar arbitral, pues la función de colaboración judicial no implica que el órgano jurisdiccional actúe como ejecutor automático de decisiones arbitrales, sino que debe verificar la validez competencial del acto a ejecutar, especialmente cuando proviene de un centro arbitral no pactado y un arbitraje de emergencia excluido en el convenio [Exp. 17490-2023-90-1817-JR-CO-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/10/arbitraje-LPDerecho-218x150.jpg)
![Pronunciamiento sobre causal de nulidad de acto jurídico no invocada es ilegítimo, si se aplicó el «iura novit curia» sin promover el contradictorio [Casación 4355-2018, Cusco, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Causal-de-nulidad-de-acto-juridico-no-invocada_LP-218x150.jpg)
![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-218x150.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)


![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)










![¡Atención, sector público! Declaran día no laborable compensable [DS 075-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/feriado-no-laborable-fiesta-patrias-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Arbitraje de emergencia y asistencia judicial: Se declara improcedente la solicitud de asistencia judicial para ejecutar una medida cautelar arbitral, pues la función de colaboración judicial no implica que el órgano jurisdiccional actúe como ejecutor automático de decisiones arbitrales, sino que debe verificar la validez competencial del acto a ejecutar, especialmente cuando proviene de un centro arbitral no pactado y un arbitraje de emergencia excluido en el convenio [Exp. 17490-2023-90-1817-JR-CO-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/10/arbitraje-LPDerecho-100x70.jpg)
![Pronunciamiento sobre causal de nulidad de acto jurídico no invocada es ilegítimo, si se aplicó el «iura novit curia» sin promover el contradictorio [Casación 4355-2018, Cusco, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Causal-de-nulidad-de-acto-juridico-no-invocada_LP-100x70.jpg)

![PJ recibirá por WhatsApp denuncias de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar [RA 140-2020-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/pj-revibira-whatsapp-denuncias-violencia-mujer-inteegrantes-grupo-familiar-LP-324x160.png)