Modelo de poder por escritura pública para conciliar extrajudicialmente*

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Señor Notario:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de PODER ESPECIAL que otorga Transportes Fénix Sociedad Anónima Cerrada, con RUC 20568798543, inscrita en la partida electrónica 11875409 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, con domicilio en avenida Arenales 1897, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, representada por su gerente general señor José Velasco Ruiz, de nacionalidad peruana, identificado con DNI 45990876, soltero, empresario, con poderes inscritos en el asiento C0001 de la referida partida electrónica, a quien en adelante se le denominará EL PODERDANTE; a favor de Alejandro Gutiérrez Arce, identificado con DNI 79876543, con domicilio en avenida Tacna 145, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima, a quien en adelante se le denominará EL APODERADO; con arreglo a los términos y condiciones siguientes: ………………………………

PRIMERO: Por el presente instrumento legal EL PODERDANTE conviene en otorgar poder a favor de EL APODERADO, para que le represente en el procedimiento conciliatorio, regulado por la Ley 26872, Ley de Conciliación, modificada por el Decreto Legislativo 1070 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 014-2008- JUS……………………………

SEGUNDO: Para el ejercicio de la representación del acto señalado en la cláusula precedente se otorgan a EL APODERADO, las siguientes facultades: conciliar extrajudicialmente, disponer del derecho materia de conciliación y para que pueda ser invitado a un procedimiento conciliatorio, de conformidad con los artículos 14 y 13 de la Ley 26872, Ley de Conciliación, modificada por el Decreto Legislativo 1070 y Reglamento de la Ley de Conciliación aprobado por Decreto Supremo 014-2008- JUS, respectivamente……………………………

Sírvase usted, señor notario público, agregar las demás cláusulas de ley y elevar la presente minuta a escritura pública, cursando los partes a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción.

Lima, 18 de junio de 2019


Rafael Gonzalo Medina Rospigliosi

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