La Defensoría del Pueblo solicita al Poder Ejecutivo se adopten medidas extraordinarias que restrinjan el uso de motocicletas, frente a los constantes asesinatos que vivimos en el país con el uso de estos vehículos, dado que, a pesar de encontrarnos en Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y Callao, la criminalidad no se detiene y sigue cobrando la vida de más peruanos.
En efecto, en este contexto, resulta especialmente grave el aumento de delitos como la extorsión, el sicariato y el robo agravado, perpetrados con armas de fuego de corto y largo alcance, y que, en su mayoría, involucran a dos individuos a bordo de motocicletas lineales. Esta modalidad delictiva facilita la rápida huida de los delincuentes (contra el tráfico, uso de vías peatonales, escaleras, entre otros) y dificulta enormemente su captura e identificación, constituyendo una herramienta criminal en los atentados contra la vida, la salud y la seguridad ciudadana.
Ante esta grave crisis, solicitamos:
Se restrinja el uso de motocicletas lineales desde las 18:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente, impidiendo el tránsito de este tipo de vehículos fuera del rango de horas establecido, sin ninguna excepción. Estas acciones extraordinarias tienen por finalidad dificultar el accionar de las bandas criminales que operan bajo esta modalidad y prevenir nuevos actos violentos contra la población.
Prohibir, sin excepción, que las motocicletas lineales transporten a más de una persona dentro del marco temporal establecido para su circulación.
Evaluar la efectividad de estas medidas, luego de transcurridos treinta (30) días calendario desde su vigencia.
Esta medida debe ser aplicada en zonas declaradas en Estado de Emergencia y ejecutada con respeto pleno a los demás derechos fundamentales, con el objetivo de reducir la delincuencia común y criminalidad organizada.
Finalmente, somos conscientes de que estas medidas solo pueden ser viables en el contexto de la grave crisis de inseguridad que venimos padeciendo día a día como sociedad. Sin embargo, consideramos que las mismas resultan necesarias, dado que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, conforme al artículo 1 de nuestra Carta Magna.
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