Sumilla: 1. Introducción, 2. La Revolución Industrial 4.0, 3. La pandemia como factor de aceleración del proceso de digitalización, 4. El impacto de la automatización en las relaciones laborales en el Perú. 5. Conclusiones.
1. Introducción
En la segunda mitad del Siglo XVII, nuestros abuelos hablaron con recelo de los cambios industriales que se rumoraban en los campos. Se decía que las máquinas remplazarían al hombre y nos quedaríamos sin trabajo. El terror movilizó a millones para intentar detener el proceso.
Como todo avance histórico, no se puede detener, ni con el entusiasmo de la gente. Ineludiblemente se llegó a ejecutar con millones de trabajadores en las calles, reclamando su “estabilidad”. Como si realizar una misma actividad durante 40 años fuera beneficioso.
Hoy no tenemos murmullos en las calles, sino en las redes sociales, que sustituyen los bares, parques y pasillos que se usaron siglos atrás para conspirar contra los males de la tecnología. ¡Los robots van a dominar el mundo! Esa frase se materializó en cientos de películas.
Nunca el ser humano ha reaccionado complaciente a los grandes cambios, el miedo siempre ha corroído los avances económicos, sociales, políticos o culturales. Galileo fue cruelmente castigado por decir que la tierra era redonda, incluso ejecutado por herejía.
Nuestra generación, tendrá que afrontar los desafíos de la automatización en las fases productivas, lo cual superará definitivamente algunas tareas rudimentarias que, en algunos países como el nuestro, todavía están a cargo de los humanos.
Las relaciones laborales en el Perú —como bien se sabe— son muy limitadas, porque se enmarcan dentro del trabajo formal, que es un porcentaje muy menor con respecto a la realidad laboral de nuestro país, no obstante, trataré revisar los retos del futuro desde ambos enfoques.
En el presente trabajo, pretendo aterrizar los progresos de la tecnología en la producción de bienes y servicios del Perú. Una tarea todavía prematura, pero que se estima iniciará desde el 2030 y traerá nuevos retos a la gestión humana.
2. La Revolución Industrial 4.0
Se entiende por Revolución Industrial 4.0 a la cuarta fase de la industria mundial, que comprende la globalización, inteligencia artificial, robótica, análisis de data y la nano tecnología, entre otros. Nosotros para efectos prácticos nos enfocaremos en lo que tenemos más cerca: la robótica.
Según el Informe Mundial sobre Robótica, en 2020 por cada 10 mil empleados existen 126 robots, lo cual representa casi el doble que hace 5 años. Por su parte, la Federación Internacional de Robótica anuncio que la producción de robots industriales se ha triplicado en la última década.
Con esta información, queda comprobado que su crecimiento alcanza nuevas actividades, que antes eran desempeñadas por humanos. El reto de nuestro tiempo es gestionar este capital productivo que aún requiere mantenimiento humano.
Digo aún, porque cada vez es más frecuente que robots compartan información y tomen decisiones programadas, sin intervención de la inteligencia humana. Es aquí donde entra la inteligencia artificial como factor diferenciador.
El robot que transporta el chasis de un auto, no nos asusta tanto como lo hace un abogado digital, que puede analizar información, plantear una estrategia e incluso proyectar un escrito. Esto en segundos que deja fuera de competencia a un profesional humano.
Tal es así, que en China, existen fábricas donde los robots constituyen el 90% de la fuerza productiva, y han incrementado su rendimiento en 250%. No duermen, no reclaman beneficios laborales, no les afecta problemas personales, ni tienen que ser seleccionados de acuerdo a competencias.
A diferencia de lo que se cree, en vez de traer desempleo, el progreso industrial requiere de millones de profesionales. En la actualidad la mano de obra calificada es el principal problema, pues no se cuenta con la cantidad de programadores para sostener las nuevas tecnologías.
Se deja de requerir personas que puedan jalar una palanca o cargar una caja, pero se requiere con una mejor remuneración, a un técnico especialista en seguridad digital. La seguridad de sus bases de datos es más preciada que cuidar las máquinas mismas.
3. La pandemia como factor de aceleración del proceso de digitalización
Hace unos días la Organización Mundial de la Salud, anunció el fin de la pandemia. No hubo fiestas en las calles como se pensó en 2020, gradualmente entendimos que los cambios serían permanentes y que el riesgo biológico solo se previene con higiene y distanciamiento social.
Las videoconferencias se volvieron el medio más seguro de comunicación, por ejemplo, Zoom Video Communications, genero un 55% de ingresos en 2022 con respecto al año anterior. Muchos empleadores adoptaron el teletrabajo, adaptando las actividades de su personal.
Instituciones públicas y empresas privadas, por primera vez en la historia, se abocaron a rápidos procesos de digitalización de sus documentos, todas las mesas de partes habilitaron de forma virtual, y hasta sesionó el Tribunal Constitucional de forma virtual, marcando un precedente.
No hay dudas que la pandemia permitió que la información sensible, que sus dueños guardaban con desconfianza en papeles, se archive de forma digital. He aquí otro gran desafío de nuestra época: la seguridad digital y el cumplimiento de obligaciones legales.
Si permites que tu trabajador tenga las órdenes de compra del mes en su computadora, si preocupa la confiabilidad de esa data. ¿Qué pasa si se malogra su laptop? Si luego del trabajo instala un programa y se infecta de un virus, ¿podemos responsabilizarlo?
La legislación peruana, ordena a capacitar a los teletrabajadores por este motivo, no solo en seguridad informática, sino también en seguridad y salud en el trabajo, y hostigamiento sexual. Pues, se acepta que estos supuestos podrían ocurrir en su casa, como teletrabajador.
¿Qué pasa si me resbalo yendo al baño de mi casa?, la empresa debe considerarlo como un accidente de trabajo. ¿Y si recibo un mensaje de connotación sexual de un compañero? Como determinar si realmente tuvo la voluntad de enviarlo o se trata de un spam.
Se abre toda una discusión para ir superando en el tiempo las zonas grisáceas de las normas que fueron pensadas para el trabajo presencial, si es que aceptamos el teletrabajo como la nueva normalidad, debemos adaptar nuestra legislación a cada situación de la vida diaria.
4. El impacto de la automatización en las relaciones laborales en el Perú
Si partimos de la proyección anterior, donde en todos los trabajos conviviremos en la era digital, con robots e inteligencia artificial, surge replantearse varios aspectos de las instituciones públicas y empresas privadas, por ejemplo, ¿qué puestos laborales son automatizables?
En las últimas décadas hemos visto como la precisión, fuerza y constancia del humano, han sido largamente superados por los robots, pero en la gestión de procesos todavía teníamos ventaja. Hoy, ya existen programas que generan liquidaciones, proponen estructuras organizativas, y organizan la cultura empresarial.
Incluso, existe —cuando menos— un software que elabora una estrategia comunicacional, diseña y publica periódicamente en las redes sociales. En la selección de personal, todavía no se han aventurado a probar suerte, principalmente porque hay una carga subjetiva en el reclutador.
Algunas compañías prefieren no programar sus verdaderos intereses en la posición ofertada. Existe una asimetría informativa allí, y esta sería la principal razón por la que los humanos todavía nos encargamos de estos procesos pese a ser altamente posible su automatización.
En el Perú, actualmente existe programas de atención al cliente por WhatsApp. Todavía estos ecosistemas de preguntas y respuesta presentan limitaciones, pero con la llegada de ChatGPT y otros proyectos de inteligencia artificial, sabemos que se superarán.
De hecho, ChatGPT es el primer intento de acercar estos sistemas a la gente, buscando crear una necesidad de simplificar respuestas y tareas menores. En teoría, la tecnología se construye para restar tareas tediosas al ser humano, y éste a su vez, pueda enfocarse en otros de mayor importancia.
Lamentablemente, esto no ha ocurrido en gran escala. Los minutos que te tomabas en hacer un cálculo matemático, ahorrados con una calculadora digital, no se han invertido en una actividad intelectual, lo mismo con los teléfonos celulares, el internet, etc.
Por esta razón están proscritas las calculadoras digitales en las facultades de ingeniería en el mundo, para forzar al estudiante a calcular por sí mismo. Si es que tenemos el mismo efecto adverso con las relaciones laborales, podríamos extrapolar un futuro sombrío.
Donde tengamos desempleo y protestas sociales, solo si el tiempo ahorrado en la producción no podemos invertirlo en otras actividades que generen valor. Es decir, si no tenemos la habilidad de reconvertirnos en operadores de tareas específicas.
Este es el punto central, la delegación de funciones repetitivas a sistemas, para ocuparnos de los grandes retos de la humanidad, como es el cuidado del medio ambiente, el uso sostenible de fuentes de agua dulce y la falta de energías renovables.
La automatización a diferencia de la robótica, no solo ofrece músculos, sino que gestiona y toma decisiones. Se distingue del humano, cuando decide sin subjetividad, cuestión que no ocurriría con nosotros, que examinamos lo que tenemos en frente desde nuestro conocimiento.
En ese orden de ideas, no debemos oponernos ni asustarnos, si es que el desarrollo industrial en esta cuarta etapa, se lleva en paralelo a un programa educativo enfocado a las nuevas fuentes de empleo. Sin esta atención preventiva, si advierto un porvenir abstruso.
5. Conclusiones
Nos acercamos al futuro en donde los sistemas artificiales remplacen actividades propias del ser humano, pero no acabarán con la relación hombre-naturaleza, que se satisface a través del trabajo. Esto seguirá su curso encontrando nuevos caminos.
La noción de justicia, moral y ética, se mantendrá en las manos humanas, y por ende, lo legal e ilegal, seguirán en fueros de representantes, como lo es un parlamento. Si las leyes las hacen los seres humanos, los que diriman también lo serán.
En las relaciones laborales y colectivas, si habrá un gran cambio, sobre todo en la atención de personas. Se eliminarán los típicos errores humanos de cálculo y se remplazarán por decisiones corporativas que se ejecuten en cuestión de minutos.
Incluso, como ya ocurre en el sector financiero, ante un incumplimiento las entidades reguladoras podrán detener un proceso en tiempo real. Entonces ya no estaremos en la posibilidad de cometer errores; solo delitos, porque la voluntad de dañar o perjudicar estará documentada a detalle, cuando los mismos sistemas adviertan y los humanos persistan.
![La suspensión de la prescripción tiene el mismo plazo de duración de la investigación preparatoria formalizada [Exp. 04685-2022-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Falsedad genérica: La falsedad no se limita a la inexistencia de una disposición de conclusión de investigación preparatoria, sino en la realización de un cambio de situación procesal en el SGF, sin sustento documental ni acto fiscal válido, como es la notificación [Apelación 168-2024, Sullana, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![La técnica del doble conforme no constituye una causa legal de inadmisibilidad del recurso de casación penal [Acuerdo Plenario 6-2026-SPS-CSJLL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/06/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
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![No procede la calificación de títulos conexos al amparo del art. 40-A del Reglamento General de los Registros Públicos, cuando el título presentado en segundo lugar no constituye acto previo del título presentado en primer lugar [Resolución 1132-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/notario-civil-casa-matrimonio-documento-acta-sello-testamento-heredero-union-divorcio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El nombramiento de curador a futuro (art. 568-A CC) es distinto a la designación de apoyo a futuro (art. 659-F CC); por ende, el nombramiento no es incompatible con la designación previamente inscrita [Resolución 2436-2026-Sunarp-TR] Tribunal registral - registral - Sunarp](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Tribunal-registral-registral-Sunarp-LPDerecho-218x150.png)

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