Magíster en Derecho civil y candidato a doctor por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, profesor de derecho de las obligaciones en la Universidad San Martín de Porres y derecho de contratos en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Fundamento destacado: TERCERO. Que este mismo dispositivo legal, apartado 2, segunda oración, asume implícitamente que durante la audiencia no cabe recusación, desde que solo...
Fundamento destacado: 166. Bajo esa lógica, una de las formas elementales de garantizar la independencia de los jueces de las altas cortes -como lo es...