Jurisprudencia del artículo 1955 del Código Civil.- Improcedencia de la acción por enriquecimiento sin causa

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Artículo 1955.- Improcedencia de la acción por enriquecimiento sin causa
La acción a que se refiere el artículo 1954 no es procedente cuando la persona que ha sufrido el perjuicio puede ejercitar otra acción para obtener la respectiva indemnización.


Concordancias

CC: art. 1954; LTV: art. 20.


Jurisprudencia del artículo 1955 del Código Civil

  • Corte Suprema 

  1. No procede acción por enriquecimiento indebido, pues vendedores dejaron transcurrir plazo de caducidad para interponer acción rescisoria o solicitar aumento de precio del terreno [Casación 3710-2001, Lima]. Link: lpd.pe/GF5rt
  2. Interponer ineficacia del acto jurídico que otorgó indebidamente warrants, en lugar de solicitar indemnización por enriquecimiento indebido, resulta inútil, pues banco ya dispuso de mercadería [Casación 215-2005, Lima]. Link: lpd.pe/pnXMJ
  3. No corresponde a fiadores de arrendatario solicitar indemnización por enriquecimiento indebido, ya que como acreedores pueden solicitar reembolso de lo abonado [Casación 3980-2016, Arequipa]. Link: lpd.pe/Are6u
  4. Es improcedente indemnización por enriquecimiento indebido a favor de herederos, pues estos pueden ejercitar acción de retribución y resarcimiento por enajenación de bienes hereditarios [Casación 3688-2018, Cajamarca]. Link: lpd.pe/k8Rgy
  5. Prescripción de acciones derivadas de títulos valores no impide que tenedor accione contra los que se hubieren enriquecido sin causa [Casación 2284-2012, Lima]. Link: lpd.pe/Vv6T5
  6. Se debe analizar facultad de demandante para solicitar pago de mejoras antes de determinar qué indemnización por enriquecimiento indebido no es vía idónea [Casación 936-2005, Ayacucho]. Link: lpd.pe/pnXqW
  • Corte Superior

  1. Constructora no puede reclamar indemnización por enriquecimiento indebido tras servicios prestados a Gerencia de Bagua, puesto que primero debió demandar obligación de dar suma de dinero [Exp. 00181-2022-0]. Link: lpd.pe/Ff5Rr
  2. No procede enriquecimiento indebido de bienes adquiridos por pareja extramatrimonial con ingresos de sociedad conyugal, pues cónyuge pudo interponer nulidad de los actos jurídicos o solicitar titularidad [Exp. 55738-2005]. Link: lpd.pe/Ht5jK

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