Artículo 1790.- Definición
Por el mandato el mandatario se obliga a realizar uno o más actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante.
Concordancias
CC: arts. 140, 145, 1755, 1756.3, 1803, 1809, 2036-2038; CPC: arts. 58, 62; C de C: art. 237.
Jurisprudencia del artículo 1790 del Código Civil
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Corte Suprema
- Contrato de préstamo con garantía hipotecaria solicitada por empresa es anulable si mandatario lo celebra excediendo sus facultades [Casación 738-99, Cañete]. Link: lpd.pe/CAn3T
- No corresponde pago por beneficios sociales solicitados por sucesión procesal de causante sin elementos que acrediten relación laboral con empresa extranjera al ejercer funciones desde un ámbito civil como mandatario [Casación Laboral 26279-2017, Lima]. Link: lpd.pe/pKWnb
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Tribunal Registral
- No corresponde que mandatario a través de reconocimiento del derecho de propiedad solicite inscripción si herederos no ratificaron transferencia del bien en anticipo [Resolución 100-2021-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/YT67r
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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