Artículo 1545.- Determinación del precio en bolsa o mercado
Es también válida la compraventa si se conviene que el precio sea el que tuviere el bien en bolsa o mercado, en determinado lugar y día.
Concordancias
CC: arts. 1534, 1547.
Jurisprudencia del artículo 1545 del Código Civil
-
Corte Suprema
- Cooperativa perfeccionó la dación en pago al momento de adjudicar parcela comunal a trabajadores, cuyo acuerdo extraordinario fue fijar precio conforme al mercado local [Casación 5776-2013, Cañete]. Link: lpd.pe/WuB8K
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