Jurisprudencia del artículo 1394 del Código Civil.- Bienes y servicios contratados por cláusulas generales

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Artículo 1394.- Bienes y servicios contratados por cláusulas generales
El Poder Ejecutivo señalará la provisión de bienes y servicios que deben ser contratados con arreglo a cláusulas generales de contratación aprobadas por la autoridad administrativa.


Concordancias

CC: arts. 1393, 1395.


Jurisprudencia del artículo 1394 del Código Civil

  • Corte Superior

  1. Empresa de transporte está obligada a incluir cláusulas generales de contratación en el reverso del comprobante de pago electrónico, pues de lo contrario contraviene el principio de idoneidad del servicio [Exp. 5690-2019]. Link: lpd.pe/8Jmqz

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