Fundamento destacado: 10.3. Siendo así, en relación a los cuatro bienes inmuebles sub litis, podemos afirmar que el señor José Orlando Degregori Sarmiento detenta la propiedad del 50 % de acciones y derechos sobre cada uno de ellos debidamente inscritos en Registros Públicos, siendo copropietario con José Antonio Carrillo Pasache quien tiene el 25 % de acciones y derechos sobre los mismos predios, adquiridos por transmisión hereditaria y debidamente inscritos en Registros Públicos, conforme se desarrolló en el numeral 5.5 del quinto considerando de la presente resolución y, con Jorge Alberto Carrillo Pasache quien solo detenta el 25 % de acciones y derechos sobre los bienes inmuebles en controversia, debiendo proceder de esa manera a la división y partición objeto de pretensión, en ejecución de sentencia; consecuentemente, en este extremo, se observa un error tanto por la Sala Superior como por el Juzgado de primera instancia, ya que ambos se han referido al derecho de José Orlando Degregori Sarmiento y al derecho de Jorge Alberto Carrillo Pasache desconociendo en todo momento el derecho de propiedad inscrito que tiene José Antonio Carrillo Pasache, por lo tanto, en las sentencias de las instancias de mérito existe una infracción a los artículos 816° y 854° del Código Civil, ya que el a ludido señor José Antonio Carrillo Pasache es hijo de quien en vida fue Rosa Inés Elvira Pasache Ramos, estando legitimado a solicitar la partición de los bienes objeto de discusión sin que se omita su derecho por ser también heredero de primer orden; en consecuencia, las dos causales analizadas merecen ser estimadas.
SUMILLA: El señor José Orlando Degregori Sarmiento al haber inscrito en Registros Públicos su titularidad del 50 % de acciones y derechos sobre cada uno de los inmuebles sub litis, puede oponerlos frente a cualquier derecho que aleguen otros supuestos propietarios, aunque esto no implica desconocer el 25 % de acciones y derechos del que es titular el señor José Antonio Carrillo Pasache sobre los predios en controversia ni el 25 % de acciones y derechos del que es propietario el señor Jorge Alberto Carrillo Pasache también sobre los inmuebles en litigio.
Corte Suprema de Justicia de la República
Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente
SENTENCIA
CASACIÓN N° 21923-2021
ICA
Lima, diecisiete de enero de dos mil veintitrés
LA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA.
I. VISTA
La causa número veintiún mil novecientos veintitrés – dos mil veintiuno; en Audiencia Pública llevada a cabo en la fecha, integrada por los señores Jueces Supremos: Ampudia Herrera – Presidenta, Cartolín Pastor, Linares San Román, Llap Unchon y Corante Morales; luego de verificada la votación con arreglo a ley, se emite la siguiente sentencia:
1.1. Materia de casación
Viene a conocimiento de esta Sala Suprema, el recurso de casación interpuesto por José Antonio Carrillo Pasache, con fecha veintiuno de julio de dos mil veinte, obrante a fojas mil ciento sesenta y siete del expediente principal, contra la sentencia de vista contenida en la resolución número ciento dieciséis, de fecha doce de marzo de dos mil veinte, obrante a fojas mil ciento cuarenta y ocho del expediente principal, que confirmó la sentencia de primera instancia contenida en la resolución número ciento nueve, de fecha ocho de enero de dos mil diecinueve, inserta a fojas mil sesenta y tres del expediente principal, que declaró fundada la demanda de mejor derecho de propiedad y fundada en parte la demanda de división y partición.
1.2. Antecedentes
1.2.1. Demandas
- Demanda de división y partición (Exp. N° 076-2010)
El señor José Orlando Degregori Sarmiento, mediante escrito de fecha treinta de junio de dos mil diez, obrante a fojas noventa y seis del expediente principal, subsanado mediante escrito de fecha catorce de julio de dos mil diez, obrante a fojas ciento siete del expediente, presenta demanda de división y partición de bienes inmuebles sujetos a un régimen de copropiedad que se detallan a continuación:
1.- Bien inmueble urbano, sito en calle Lima, esquina con la calle Independencia N° 101, antes 320 y 322 del distrito de Cercado, provincia de Palpa y departamento de Ica, que figura inscrito en la Partida N° 02020757 del Registro de Propiedad In mueble de Palpa, Zona Registral N° XI – Sede Ica.
2.- Bien inmueble urbano, constituido por cinco casas vivienda, con frente a la calle Garcilazo de la Vega N° 263, 165, 267, 269 y 271 del distrito de Cercado, provincia de Palpa, departamento de Ica, que figura inscrito en la Partida N° 110157 88 del Registro de Propiedad Inmueble de Palpa, Zona Registral N° XI – Sede Ica.
3.- Bien inmueble rústico, denominado fundo “Las Mercedes”, ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 1 1015815 del Registro de Propiedad Inmueble de Palpa, Zona Registral N° XI – Sede Ica.
4.- Bien inmueble rústico, denominado fundo “Puerto Pellejo”, ubicado en el distrito y provincia de Palpa, departamento de Ica, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 11015816 del Registro de Propiedad Inmueble de Palpa, Zona Registral N° XI – Sede Ica.
[Continúa..]

![Omisión a la asistencia familiar: capacidad económica se prueba en sede civil [Casación 1496-2018, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/05/Casacion-1496-2018-Lima-LP-218x150.jpg)
![En virtud del principio «pro homine» se puede disminuir la pena de un joven condenado por violación sexual de menor cuando, debido a una prohibición legal, no se aplicó la responsabilidad restringida por edad (el procesado tenía entre 19 y 20 años al momento de los hechos) [Rev. Sent. NCPP 402-2023, Lima, FF. JJ. 10-12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El interés de un fiscal por la situación jurídica de su sobrino se convierte en patrocinio ilegal cuando, sin necesidad de representarlo formalmente, usa su condición para favorecer la posición jurídica de este (reclamó a los policías por la intervención, accedió a los actuados policiales con carácter de reserva, emitió opinión sobre la atipicidad del hecho, planteó un acuerdo a la agraviada y se comunicó con el fiscal [Apelación 354-2024, Del Santa, f. j. 8.6.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Procede la anotación preventiva del trámite notarial de rectificación a mayor área cuando la discrepancia entre el área inscrita y el área propuesta, en base al plano catastral conformante del título, se encuentra dentro de los rangos de tolerancia (Ley 31309) [Res. 1921-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-OFICINA-LP-DERECHO-218x150.jpg)
![La entidad empleadora puede concluir el contrato CAS por suplencia al vencimiento de su plazo, aun cuando el titular de la plaza no haya retornado, pues el contrato de suplencia tiene carácter temporal [Resolución 002442-2026-SERVIR/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![TC anula sentencia de alimentos porque juez no valoró informe del centro de trabajo del obligado alimentario [Exp. 02248-2020-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/tc-anula-sentencia-de-alimentos-porque-juez-no-valoro-informe-del-centro-de-trabajo-del-obligado-alimentario-LPDerecho-compressed-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![¿Compraste un inmueble pagando en efectivo? La Ley de Bancarizacion no obliga a acreditar el pago solo con prueba bancaria: el juez no puede ignorar la minuta donde el vendedor reconoció haber recibido el precio, solo porque el pago se hizo en efectivo [Casación 712-2022, Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-valor-posesion-predio-hipoteca-venta-compraventa-herencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Pensión de alimentos: ¿qué abarca y cómo calcularla? [ACTUALIZADO 2026] pensión de alimentos con logo LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/01/Los-alimentos-LP-218x150.jpg)

![Actualizan conformación de los miembros del Minjusdh que forman parte de la Comisión de Gracias Presidenciales [RM 172-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Procedimientos de selección competitivos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO_Roy-Alvarez-Chuquillanqui_Procedimientos-de-seleccion-competitivos_LP-218x150.jpg)
![Si bien el derecho a solicitar informe oral existe, no es ilimitado ni de concesión obligatoria; pues si el administrado presenta múltiples escritos y pruebas a lo largo del procedimiento, el informe es prescindible para garantizar su derecho de defensa [Casación 29599-2023, Lima, f. j. 29]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-administrativo_el-derecho-a-solicitar-informe-oral-es-prescindible_tuo-ley27444-218x150.jpg)
![Destituyen a juez de paz por conceder medida cautelar sobre un bien que estaba en proceso de nulidad de acto jurídico [Investigacion Definitiva 40-2023-Piura]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/12/Portada-web-jueza-prueba-grafotecnica-lp-derecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Procede la anotación preventiva del trámite notarial de rectificación a mayor área cuando la discrepancia entre el área inscrita y el área propuesta, en base al plano catastral conformante del título, se encuentra dentro de los rangos de tolerancia (Ley 31309) [Res. 1921-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-OFICINA-LP-DERECHO-324x160.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre regímenes especiales, supuestos excluidos y procesos no competitivos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-laura-gutierrez-gonzales_Regimenes-especiales-supuestos-excluidos-y-procesos-no-competitivos_LP-100x70.jpg)
![Actualizan conformación de los miembros del Minjusdh que forman parte de la Comisión de Gracias Presidenciales [RM 172-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-2-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Procedimientos de selección competitivos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO_Roy-Alvarez-Chuquillanqui_Procedimientos-de-seleccion-competitivos_LP-100x70.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-100x70.jpg)

![Procede la anotación preventiva del trámite notarial de rectificación a mayor área cuando la discrepancia entre el área inscrita y el área propuesta, en base al plano catastral conformante del título, se encuentra dentro de los rangos de tolerancia (Ley 31309) [Res. 1921-2026-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-OFICINA-LP-DERECHO-100x70.jpg)