¡Buenas nuevas, colegas! Nos complace anunciar que el reconocido civilista, el Dr. Mario Castillo Freyre, disertará en la primera edición del VIVO X EL DERECHO, el congreso de derecho más grande del Perú por los diez años de LP, que reunirá a grandes juristas de diversas ramas del derecho.
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Mario Castillo Freyre es uno de los juristas más destacados del Perú en derecho civil y arbitraje, con una sólida formación académica. Es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), donde también cuenta con una maestría en Derecho Civil y un doctorado en Derecho, obteniendo en todos ellos máximos méritos y distinciones. Sus tesis en dicha casa de estudios versaron en torno a los contratos sobre bienes ajenos, la compraventa y el Derecho Civil peruano, reflejando desde temprano su vocación jurídica.
Su carrera como docente universitario es igualmente extensa y reconocida, desempeñándose como profesor principal en la PUCP y en la Universidad Femenina del Sagrado Corazón. Ha dictado cursos de Derecho Civil, Obligaciones y Contratos en la Universidad de Lima y en la Universidad San Martín de Porres, además de ser profesor honorario y Doctor Honoris Causa en diversas instituciones internacionales y nacionales como la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa (UNSA). Ha sido invitado como conferencista en múltiples universidades del Perú y el extranjero, consolidando su reputación como referente académico.
Asimismo, participó como miembro en la Comisión Consultiva del Ministerio de Justicia y la Comisión encargada de la implementación del Plan Nacional de Reforma de la Administración de Justicia, además de integrar varias comisiones en el Colegio de Abogados de Lima vinculadas a obligaciones y contratos. Ha participado como árbitro en más de 550 casos administrados por la Cámara de Comercio de Lima, el Centro de Arbitraje de la PUCP, el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, con sede en París, entre otros.
Su producción bibliográfica es una de las más vastas en la historia jurídica, con más de setenta títulos entre libros y tratados, y cientos de artículos publicados. Entre sus obras más relevantes destacan Tratado de Derecho de las Obligaciones, en coautoría con el maestro Felipe Osterling Parodi; Tratado de la venta; La teoría de los actos propios; Entre el derecho civil y el arbitraje; Comentarios al contrato de compraventa, y Derecho de familia. También es director y fundador de las colecciones “Biblioteca de Arbitraje” y “Biblioteca de Derecho”, que han contribuido significativamente a la difusión del derecho en el Perú y el extranjero.
El alcance de su obra académica se aprecia en la diversidad de investigaciones y artículos publicados en libros de homenaje y revistas jurídicas, abordando temas como la contratación, las obligaciones, el arbitraje y la reforma de la enseñanza jurídica. Ha sido expositor en numerosos eventos nacionales e internacionales sobre estos temas, y muchas de sus publicaciones son de acceso libre para promover el conocimiento jurídico.
El maestro Castillo Freyre es también Miembro de Número de la Academia Peruana de Derecho y miembro correspondiente de academias internacionales en España y Argentina. Ha recibido importantes reconocimientos, entre los que se incluye la Condecoración Vicente Morales Duárez del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, por su destacada trayectoria académica y profesional.

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![El Tribunal Superior puede volver a valorar la prueba personal actuada en primera instancia, pero está supeditado a que haya sido entendida o apreciada con manifiesto error o de modo radicalmente inexacto, o que haya sido desvirtuada por pruebas practicadas en segunda instancia [Casación 1045-2022, Arequipa, f. j. 21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente del Tribunal Registral sobre la extinción del derecho de enfiteusis [Res. 0038-2026-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC se vuelve a apartar de la STC Exp. 00413-2021-PHC/TC: Si se considera que la pena mínima del robo agravado es exhorbitante, es el legislador y no el TC el competente para determinar el quantum de la pena abstracta [Exp. 00215-2024-PHC/TC, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-LPDerecho-218x150.png)
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