[VÍDEO] Prado Saldarriaga y Salas Arenas explican cómo procesar a un enfermo mental 

1852

El reconocido juez supremo Víctor Prado Saldarriaga y el magistrado Jorge Luis Salas Arenas explicaron cómo procesar a un enfermo mental. Ambos coincidieron que se trata de un inimputable, pero que esto no exime al juez de poder dictar una resolución de condena que incluso consigne una reparación civil.

Lea también: La internación preventiva: ¿cuándo procede esta medida y en qué se distingue del internamiento previo?

El magistrado Prado Saldarriaga señaló que los enfermos mentales deben ser internados en un hospital psiquiátrico que posibilite estabilizar la agresividad y todo aquello que impulsó el comportamiento violento sobre la otra persona.

¿Quiénes pueden solicitar el internamiento del procesado?, fue una de las preguntas que se le formuló al magistrado. “El fiscal puede solicitar el internamiento, a través de una diligencia donde requiera el examen de los peritos para determinar si se trata de un enfermo mental”. Tras confirmar esta información, el fiscal debe solicitar que el juzgamiento se adapte a este proceso especial de seguridad.

Lea también: ¿Cómo denunciar la atención indebida o abusiva en una comisaría?

Si con ayuda de los peritos, el juez se percata de la anomalía psiquiátrica del imputado, puede ordenar que el proceso se adapte acorde a la condición del investigado.

Prado Saldarriaga hizo especial hincapié en la importancia del perito psiquiatra para determinar el destino del imputado. En ese mismo sentido mencionó al  “curador judicial”, especialista encargado de acompañar al enfermo mental a las audiencias cumple un papel fundamental en el desarrollo del proceso. Incluso es quien representa al investigado si este no puede presente.

Lea también: El caso del defensor público acusado de ser intermediario para sobornar a fiscal [Apelación 1-2017, Puno]

“Hay que recordar que este es un proceso reservado, sin público”, explicó el magistrado. “Esto es una excepción que no vulnera el principio de publicidad que desarrolla el Código Procesal Penal. Hay que precisar que el que sea un proceso reservado no elimina la participación del abogado defensor”, agregó.

Hay que recordar que este programa es promovido por el canal Justicia TV, adscrita al Poder Judicial y lleva como nombre “Conociendo el derecho penal”, y se transmite todos los miércoles a las 9:00 p. m. Desde su estreno es conducido por Víctor Prado Saldarriaga, expresidente del Poder Judicial y actual juez supremo.

Lea también: Inhabilitan por seis meses a abogado que aprovechó enfermedad de su clienta para usurpar su inmueble

Comentarios:
Periodista experto en judiciales y marketing jurídico, capacitador en derecho penal y constitucional, en materias de libertades comunicativas y protección de datos personales. Maestrante en comunicación transmedia por la Universidad de la Rioja (España), con estudios en la MIU City University Miami y la Universidad de Buenos Aires. Creador y director de «Se Corre Traslado», «La pepa legal», «La vida del litigante» y «Crimiadictos», producciones transmitidas a través de LP-Pasión por el Derecho.