Compartimos la resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que confirma prisión preventiva a Pedro Castillo y Juan Silva, y revoca comparecencia con restricciones a Geiner Alvarado y le impone 36 meses de prisión preventiva.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE
APELACIÓN 68-2023 CORTE SUPREMA
Apelaciones fundadas e infundadas, prisión preventiva, organización criminal, tráfico de influencias y colusión
I. En lo atinente GEINER ALVARADO LÓPEZ, el auto de primera instancia ha sobredimensionado, indebidamente, su conducta procesal y su asiento familiar, laboral y domiciliario.
Frente a ello, en definitiva, el arraigo ofrecido no tiene calidad suficiente para enervar el peligro procesal, en su vertiente de peligro de fuga y obstaculización.
No solo no se tiene convicción sobre su domicilio real (en los departamentos de Lima y Amazonas), sino que, además, el arraigo laboral es absolutamente irrazonable. Ha presentado un contrato de trabajo de la empresa constructora HT S.A.C. por el plazo de seis meses, aun cuando, según los cargos fiscales, esta última obtuvo en consorcio la buena pro de la adjudicación simplificada n.º 010-2021- MDA/CS, cuyo proyecto fue financiado según el Decreto de Urgencia n.º 102- 2021, del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. Por todos estos hechos, se le atribuye la condición de integrante de una organización criminal.
Después, solo pervive su el arraigo familiar, pero éste es insuficiente para rescindir la virtualidad del peligro procesal.
Adicionalmente, se relieva que, tanto el factum descrito como los elementos de convicción a que se refiere el requerimiento de prisión preventiva; dan cuenta de la existencia de una organización criminal, debidamente jerarquizada, con funciones específicas y propósitos definidos, enquistada en las altas esferas del Poder Ejecutivo, es decir, la Secretaría General del despacho presencial, y en los Ministerios de Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Provias Nacional, entre otras.
El peso de las evidencias delictivas es palmario, las acciones criminales residieron, básicamente, en el direccionamiento de obras públicas y el copamiento laboral de las instituciones gubernamentales; todo ello, a cambio del pago de ingentes cantidades de dinero, entre otros, a favor de ALVARADO LÓPEZ.
La descripción fáctica subyace de la revisión minuciosa del requerimiento de prisión preventiva, al cual, es preciso remitirse motivadamente.
Por todo ello, en el caso, es idóneo, necesario y proporcional aplicar la medida de prisión preventiva, por el plazo de treinta y seis meses. Se hace imprescindible garantizar su presencia en el proceso penal, a efectos de evitar fugas o evasiones, como se han producido en otros casos.
La Fiscalía ha sustentado adecuadamente la actividad probatoria a desarrollarse durante el aludido periodo, es copiosa y requiere de un tiempo razonable. La investigación preparatoria está en curso, continúan recabándose pruebas personales documentadas, documentales y periciales.
En ese sentido, se declarará fundada la apelación del Ministerio Público.
II. Por otro lado, en virtud del desarrollo expositivo de la presente ejecutoria suprema, se declararán infundados los recursos de apelación promovidos por JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES y JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAs, y se confirmará la prisión preventiva por el plazo de treinta y seis meses.
[Continúa …]
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[Nota previa 31/03/22]
URGENTE | Poder Judicial confirma 36 meses de prisión preventiva contra Pedro Castillo
Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside César San Martín Castro, ratifica 36 meses de prisión preventiva dictada contra expresidente Pedro Castillo Terrones, investigado por el presunto delito de organización criminal y otros.
Dispuso, asimismo, variar la medida de comparecencia por prisión preventiva contra exministro Geiner Alvarado, comprendido en la referida investigación.
[Noticia en desarrollo …]
Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside César San Martín Castro, ratifica 36 meses de prisión preventiva dictada contra expresidente Pedro Castillo Terrones, investigado por el presunto delito de organización criminal y otros. pic.twitter.com/93sPzSb8FT
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) March 31, 2023

![No es posible aplicar directamente una sentencia constitucional si su ratio essendi versa sobre la prolongación de prisión preventiva, cuando la institución jurídica cuestionada en el caso es la cesación (caso Pedro Castillo) [Apelación 370-2025, Suprema, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-PJ-PEDRO-CASTILLO-LP-PASION-POR-EL-DERECHO-218x150.jpg)
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