Fundamento destacado: Octavo. En ese sentido, este Supremo Tribunal considera que el cargo ostentado por el recurrente, como fue, el ser jefe de la Oficina de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Jauja, conllevaba que desde el primer día del ejercicio de tal función, tuviera poder de vigilancia, control y verificación sobre el dinero de la Municipalidad que albergaba, así como de la debida disposición del mismo; no siendo válida hipótesis en contrario, al respecto.
Sumilla: Deber funcional – peculado. El cargo ostentado por el recurrente, como fue, el ser jefe de la oficina de tesorería de la Municipalidad Provincial de Jauja, conllevaba que desde el primer día del ejercicio de tal función, tuviera poder de vigilancia, control y verificación sobre el dinero de la Municipalidad que albergaba, así como de la debida disposición del mismo; no siendo válida hipótesis en contrario, al respecto.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE
RECURSO DE NULIDAD N.° 370-2020, JUNÍN
Lima, treinta de junio de dos mil veintiuno
VISTOS: El recurso de nulidad interpuesto por la defensa técnica de Gervasio Teófilo Hernández García, contra la sentencia del seis de noviembre de dos mil diecinueve (fojas 5527), emitida por la Sala Penal Liquidadora de Huancayo, de la Corte Superior de Justicia de Junín, en el extremo que lo condenó, en su condición de Jefe de la Oficina de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Jauja, como autor de delito de peculado doloso, en agravio del Estado – Municipalidad Provincial de Jauja, imponiéndole cuatro años de pena privativa de libertad con el carácter de suspendida por el periodo de prueba de dos años, inhabilitación por un año, y fijaron en s/ 43 000 (cuarenta y tres mil soles) la reparación civil, que deberá pagar en forma solidaria, a favor de la parte agraviada; con lo demás que contiene. Con lo expuesto por la fiscalía suprema en lo penal.
Intervino como ponente la señorita jueza suprema Torre Muñoz.
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