Indecopi: Obligaciones de los colegios privados en el inicio del año escolar 2022

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Queridos colegas, el Indecopi ha puesto a disposición de los padres de familia las obligaciones de los colegios privados frente al inicio del año escolar 2022, a fin de prevenir cualquier afectación a los derechos de los estudiantes.


Contenido

Recomendaciones para las madres y padres de familia sobre colegios.

1. Antes y durante la matrícula
2. Una vez contratado el servicio educativo
3. Frente a algún inconveniente

1. Antes y durante el proceso de matrícula

Los únicos cobros que los centros educativos privados o particulares pueden realizar son:

Cuota de ingreso

Pago por única vez y corresponde solo para estudiantes nuevos (Si el alumno decide retirarse de la institución educativa, este monto es reembolsable, ello conforme a la normativa vigente (DU 002-2020).

Matrícula

Se cobra una vez al inicio del año y no debe ser mayor al monto de la pensión.

Pensiones

Se cobra de manera mensual. El pago adelantado de pensiones está prohibido.

Lea también: Colegios no pueden obligar a padres a renunciar a cuota de ingreso en caso de retiro o traslado del alumno [Decreto de Urgencia 02-2020]

Información que deben brindarte los centros educativos antes que inicie el proceso de matrícula:

Condiciones del servicio

  • El colegio debe informar por escrito las condiciones del servicio educativo en un plazo de 30 días calendario antes de iniciarse el proceso de matrícula.
  • Monto, número y formas de pago de las pensiones.
  • Posibles aumentos de la pensión, independientemente del tipo de enseñanza.
  • Información histórica del monto de las pensiones, la cuota de matrícula y la cuota de ingreso establecidas en los últimos cinco (05) años.
  • Si cobrará un interés moratorio por retraso de las pensiones (No debe sobrepasar el interés legal fija del Banco Central de Reserva).
  • Si retendrá el certificado de estudios ante la falta de pago de pensiones, entre otros.
  • Forma y procedimiento de devolución de la cuota de ingreso.
  • Que los uniformes, materiales y/o útiles educativos pueden ser adquiridos en cualquier establecimiento, a elección del consumidor, entre otros.

Información sobre el tipo de servicio:

Los tres tipos de prestación del servicio educativo que pueden brindar los colegios son
los siguientes:

Presencial

Horario regular de lunes a viernes con la presencia física del o la docente y de las y los estudiantes, cumpliendo con las condiciones de bioseguridad. La jornada de clases deberá cumplir con el horario dispuesto por el Gobierno.

Semipresencial

Combina momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo cinco (5) días a la semana. El horario se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones y programas educativos.

A distancia

El estudiante no comparte el mismo espacio físico con sus pares y docentes para el desarrollo de sus competencias, pudiendo desarrollarse en contextos con y sin conectividad. Este servicio se prestará de manera excepcional por casos de cambio en la condición epidemiológica establecida por el Minsa, por cuarentenas y/o condición de comorbilidades de los estudiantes.

Sobre la prestación del servicio educativo a personas con discapacidad:

Los colegios privados deben reservar dos vacantes por cada aula para estudiantes con discapacidad leve o moderada

Se encuentra prohibido el pago de cuotas voluntarias o de montos por adaptabilidad o accesibilidad para personas con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad.

Los colegios que brinden el servicio educativo presencial o semipresencial deben cumplir con las siguientes condiciones de bioseguridad:

Ventilación

Ventilación natural adecuada, se debe mantener las ventanas y puertas abiertas para asegurar la circulación del aire. Es recomendable priorizar las actividades en espacios abiertos.

Distanciamiento físico

Distanciamiento físico de 1 m, se debe calcular el aforo máximo de cada espacio y organizar el mobiliario para que las y los estudiantes, docentes y personal administrativo desarrollen sus actividades.

Señalización

El local educativo debe encontrarse señalizado a fin de asegurar el cumplimiento del aforo máximo permitido, distanciamiento físico, ventilación natural adecuada, uso correcto de mascarillas y el lavado o desinfección de manos.

Implementación de estaciones de lavado o desinfección de manos

Se debe asegurar que todos los locales educativos cuenten con estaciones de lavado o desinfección de manos, deben ubicarse cerca de la puerta de ingreso, en un espacio abierto acorde con las condiciones de la Institución educativa. En caso de realizarse la desinfección, esta debe contar con un dispensador de alcohol en gel o líquido al 70% de concentración.

CONTINÚA…

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