Fundamento destacado: DÉCIMO.- Que, respecto al artículo 1970 del Código Civil el cual regula la responsabilidad objetiva, esto es, la responsabilidad del riesgo creado, es del caso señalar que no corresponde analizar el mismo, toda vez que es necesario determinar si en el caso de autos se configura el mencionado supuesto de responsabilidad civil extracontractual, para lo cual deberá, en primer término, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la controversia luego de una valoración conjunta y razonada de las pruebas aportadas al proceso, por tanto, este extremo del recurso no resulta atendible
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA
SALA CIVIL PERMANENTE
CASACIÓN N° 4619-2009
UCAYALI
Lima, doce de octubre del dos mil diez.
LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA: vista la causa número cuatro mil seiscientos diecinueve – dos mil nueve, en audiencia pública de la fecha y producida la votación con arreglo a ley, expide la siguiente sentencia:
I. MATERIA DEL RECURSO:
Recurso de casación interpuesto por K. J. O. B. y K. O. B. a fojas doscientos sesenta y tres, contra la resolución de vista obrante a fojas doscientos treinta y cinco dictada por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ucayali el treinta de julio dos mil nueve, que revoca la apelada corriente a fojas cientos veinticuatro y reformando la misma declara improcedente la demanda.
II. FUNDAMENTOS POR LOS CUALES HA SIDO DECLARADO PROCEDENTE EL RECURSO:
Esta Sala Suprema mediante resolución de fecha siete de junio del año en curso, obrante a fojas cincuenta y uno del Cuaderno de Casación, ha declarado procedente el recurso por la infracción normativa sustantiva de los artículos 1984 y 1970 del Código Civil. Los recurrentes alegan que la Sala Civil ha establecido que para efectos de interponer la presente demanda era necesario acreditar la calidad de herederos respecto de las menores víctimas, lo cual es incorrecto porque el artículo 1984 del mismo Código considera que a los impugnantes les asiste el derecho para solicitar la indemnización en calidad de padres de los menores fallecidos por el daño moral causado, el cual comprende la aflicción y la pena por la irreparable pérdida de sus hijos. Además sostienen que la Sala Superior ha omitido y no ha aplicado el precitado numeral 1984 a pesar del menoscabo que representa sufrir la perdida de sus únicos hijos; refieren que la Sala Civil no ha considerado el artículo 1970 del Código Civil; asimismo, precisan que no se han valorados los documentos que fueron presentados por escrito de fecha quince de junio de dos mil nueve ante la Sala Superior.
III. CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, para efectos de determinar si en el caso concreto se han infringido las normas de derecho material denunciadas es necesario realizar las precisiones que a continuación se desarrollan.
SEGUNDO.- Que, de la lectura de la demanda obrante a fojas tres, los demandantes K. J. O. B. y K. O. B. recurren ante el órgano jurisdiccional solicitando indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual contra los demandados Municipalidad Provincial de Coronel Portillo y la Positiva Seguros y Reaseguros S.A., para que cumplan con pagarles solidariamente la cantidad de dos millones trescientos cuarenta y cuatro mil nuevos soles más interese legales.
[Continúa…]
![[VIVO] Clase modelo sobre el auto de enjuiciamiento. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-AUTO-DE-ENJUICIAMIENTO_WALTHER-HUAYLLANI.jpg-218x150.jpeg)
![Juez declara inaplicable al caso concreto, vía control difuso, la regla «En ningún caso dicha suspensión será mayor a un año», contenida en el párr. 2 del art. 84 CP (que se incorporó por Ley 31751) [Exp. 00045-2019-132]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre incidentes atípicos en el control de acusación. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/Incidentes-atipicos-en-el-control-de-acusacion-LP-DERECHO-Julio-cesar-tapia-cardenas-218x150.jpg)

![El principio de legalidad no significa sólo la ejecución de la ley, sino su compatibilidad con el orden objetivo de principios y valores constitucionales, aplicando criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad [Exp. 3741-2004-AA/TC, Lima, f.j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Por la cláusula de residualidad y el principio de unidad, las competencias regionales sólo serán aquellas que explícitamente estén consagradas en la Constitución y en las leyes de desarrollo de descentralización, y las que no estén señaladas en ellas, corresponde a la competencia exclusiva del Gobierno Central [Exp. 002-2005-PI/TC, Lima, f.j. 45]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![El proceso de descentralización funcional administrativa al interior de la administración pública es una técnica organizativa para crear organizaciones especializadas, con personalidad jurídica distintas de la administración pública matriz, con adscripción a ésta, pero sin tener una relación de dependencia jerárquica, y sí una relación de dirección. [Casación 2924-2010, Lima, f.j. 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VIVO] Clase modelo sobre Liquidación de pensiones devengadas en procesos de alimentos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-MODELO-CLAUDIA-FELIX-PACHECO_Liquidacion-de-pensiones-devengadas_lp-218x150.jpg)
![[VIVO] Preguntas frecuentes sobre la audiencia única en el proceso de alimentos (viernes, 08 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/4b684563-1ec6-4597-b2ea-8571d40ee9b5-218x150.jpg)

![A la pretensión de inaplicación de un convenio suscrito dentro del marco de una relación laboral le es aplicable el plazo prescriptorio laboral [Casación 18477-2023, Lima, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)



![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Para tramitar tu certificado o constancia de posesión ante tu municipio ya no se te puede exigir fotocopia del DNI [DS 006-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-vivienda-construccion-saneamiento-LODerecho-324x160.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![El principio de legalidad no significa sólo la ejecución de la ley, sino su compatibilidad con el orden objetivo de principios y valores constitucionales, aplicando criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad [Exp. 3741-2004-AA/TC, Lima, f.j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-324x160.jpg)



![Por la cláusula de residualidad y el principio de unidad, las competencias regionales sólo serán aquellas que explícitamente estén consagradas en la Constitución y en las leyes de desarrollo de descentralización, y las que no estén señaladas en ellas, corresponde a la competencia exclusiva del Gobierno Central [Exp. 002-2005-PI/TC, Lima, f.j. 45]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![Para tramitar tu certificado o constancia de posesión ante tu municipio ya no se te puede exigir fotocopia del DNI [DS 006-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-vivienda-construccion-saneamiento-LODerecho-100x70.jpg)
![El principio de legalidad no significa sólo la ejecución de la ley, sino su compatibilidad con el orden objetivo de principios y valores constitucionales, aplicando criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad [Exp. 3741-2004-AA/TC, Lima, f.j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Poder Judicial deberá resarcir daño consistente en ingresos no percibidos hasta la reincorporación tras despido inconstitucional de trabajador [Casación 11463-2020, Moquegua]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-frontal-corte-LPDerecho-324x160.png)