Compartimos el documento emitido por el jefe del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público y Ciencias Forenses, Juan Victor Quiroz Mejía.
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes a fin de agradecerles se sirvan hacer de conocimiento de las diferentes Fiscalías Provinciales Penales de cada uno de sus distritos fiscales, que de contar cadáveres de personas que fallecieron debido a la infección por el virus covid-19 (coronavirus), no debe requerirse la Necropsia de Ley, al no ser éste un deceso que se haya producido por violencia o sospechosa de criminalidad, debiendo expedir el médico tratante el Certificado de Defunción respectivo.
Como es de su conocimiento, durante el Levantamiento de Cadáver y Necropsia de Ley, de acuerdo a las guías establecidas, se debe estudiar los órganos del cadáver, siendo que este virus tiene un radio de infección de 2 metros, corriendo el riesgo que tanto los señores Fiscales, como el Médico, personal de la Policía Nacional del Perú y el Técnico Necropsiador, puedan infectarse. Además de lo anteriormente mencionado, el virus permanecería en los cuerpos inertes, mesa de necropsia, instrumental, piso, puertas, ventanas, etc. durante un tiempo, siendo potencialmente infeccioso.
Es por esas razones que el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, no considera prudente realizar las necropsias de ley a una persona con el diagnóstico ya establecido, sin indicios de criminalidad en la muerte.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle mi mayor consideración.
Atentamente,
JUAN VICTOR QUIROZ MEJIA
JEF. NAC. INST. MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

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