El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación presentado por el personero legal alterno de Renovación Popular contra la resolución del Jurado Electoral Especial de Pacasmayo que había rechazado un pedido de nulidad de actas de sufragio con serie 900000 en el marco de las Elecciones Generales 2026.
La resolución emitida por el máximo órgano electoral confirmó la decisión adoptada previamente por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, que declaró improcedente la solicitud presentada por Rafael López Aliaga. El pedido buscaba declarar la «nulidad de todas las actas de sufragio con serie 900000» por una presunta vulneración del artículo 201 de la Ley Orgánica de Elecciones.
Qué alegaba Renovación Popular
Según el recurso presentado ante el JNE, la organización política sostuvo que las mesas identificadas con serie 900000 permitían votar a personas «no incluidas en el padrón electoral aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones». En el documento también se afirmaba que funcionarios de la ONPE habrían señalado que «cualquier persona puede votar» en dichas mesas.
La apelación señalaba además que la implementación de estas mesas configuraba un mecanismo «sin sustento legal» y que la ONPE habría aplicado una norma vinculada a elecciones municipales de centros poblados para justificar la metodología utilizada durante las Elecciones Generales 2026.
Dentro del recurso también se indicó que la existencia de mesas serie 900000 generaba «dos espacios electorales con tratamiento diferenciado y discriminatorio», afectando, según el escrito, el principio de igualdad en el ejercicio del sufragio.
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JNE confirmó decisión del Jurado Electoral Especial
Al evaluar el caso, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones concluyó que correspondía «declarar infundado el recurso de apelación y confirmar la resolución venida en grado, toda vez que fue emitida con arreglo a ley».
La resolución precisa además que el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo ya había declarado improcedente el pedido de nulidad por considerar que los argumentos presentados no acreditaban una vulneración que justificara anular todas las actas de sufragio cuestionadas.
Finalmente, el JNE resolvió «declarar infundado el recurso de apelación interpuesto» por el personero alterno de Renovación Popular y, en consecuencia, «confirmar» la resolución emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo.
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