Juez Chávez Tamariz vuelve a inaplicar Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad) vía control de convencionalidad difuso: la ley no puede obstaculizar la investigación de violaciones a derechos humanos [Exp. 186-2022-3-5001-JR-PE]

CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA
SÉPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA NACIONAL

Expediente N.° 186-2022-3-5001-JR-PE
Juez Jorge Luis Chávez Tamariz. Metodología aplicada para el análisis del caso, IRAC
(ISSUE, RULE, ANALISYS AND CONCLUSION)

CONTROL DE CONVENCIONALIDAD DIFUSO /Judicial Review. Distinguishing

1. “Every court, in every case, both the duty and the power to refuse to enforce statute that conflicts the constitution”. Se traduce: Cada tribunal, en cada caso, tiene el deber como la facultad de negarse a aplicar una ley que entre en conflicto con la Constitución”

2. Principio de Stoppel en el Derecho Internacional: Un Estado no puede contradecir una posición o declaración previa, cuando está ha generado efectos jurídicos o confianza legítima.

3. Artículo 10 del Estatuto de Roma que establece “Nada de lo dispuesto en la presente parte se interpretará en el sentido de que limite o menoscabe de alguna manera las normas existentes o en desarrollo del derecho internacional para fines distintos del presente Estatuto”. Se entiende: No es admisible, bajo ningún pretexto, que las normas de este instrumento internacional, puedan utilizarse, para actuar contrario o con desconocimiento de las normas del derecho internacional ius cogens.

4. Artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que reconoce la existencia de normas imperativas aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional de Estados en su conjunto, las cuales solo pueden ser modificadas por otra norma ulterior de derecho internacional general del mismo carácter.
Se entiende: para el derecho internacional, una norma ius cogens sólo puede ser modificada por normas de igual naturaleza y generan obligaciones frente a toda la Comunidad Internacional que alcanza a nuestro país.

[Continúa …]

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