Ley 30979, que promueve el acceso a la información sobre el origen de los alimentos en el etiquetado

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LEY Nº 30979

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO A LA INFORMACIÓN SOBRE EL ORIGEN DE LOS ALIMENTOS EN EL ETIQUETADO

Artículo 1. Objeto

La presente ley tiene por objeto promover el acceso a la información sobre el origen de los alimentos de producción y procesamiento primario e industrializado, cuyos criterios para identificar dichos alimentos, así como los criterios para identificar su origen, son determinados por las autoridades nacionales competentes.

Artículo 2. Implementación de la Ley

Las autoridades nacionales competentes efectúan las modificaciones normativas que sean necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente ley.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Plazo para modificaciones normativas

El plazo para la aprobación de las modificaciones normativas a las que se refiere el artículo 2 de la presente ley es de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la publicación.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los tres días del mes de julio de dos mil diecinueve.

DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de julio del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros

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