Juez de investigación preparatoria es incompetente para conocer los requerimientos cuando el proceso se encuentra en etapa de juicio oral [II Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Moquegua, 2009]

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[Posisión adoptada: El Juez de Investigación Preparatoria[sic] es incompetente para conocer estos requerimientos, por el principio de preclusión dejando derecho del recurrente para que lo haga valer ante el juez de juzgamiento.]


ACTA DE SESIÓN PLENARIA DEL SEGUNDO PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL EN MATERIA PROCESAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, 2009

PARTE INTRODUCTORIA

En la ciudad de Ilo, departamento de Moquegua, siendo las diecisiete horas del día dieciséis de setiembre de dos mil nueve, se reunieron en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo 23 magistrados de los distintos órganos jurisdiccionales de las provincias de Mariscal Nieto e Ilo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, para llevar a cabo el Segundo Pleno Jurisdiccional Distrital en Materia Procesal Penal – 2009, organizado por la Comisión de Magistrados encargada de los Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales Distritales, Regionales y Nacionales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua – Sub Comisión de Especialidad Penal, presidida por el señor Juez Superior de la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua Edwin Rolando Laura Espinoza, e integrada por la Señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto Ruth Daysi Cohaila Quispe (quien no se hizo presente por encontrarse en comisión de servicios), el Señor Juez del Juzgado Penal Colegiado de Moquegua Juan Guillermo Nicolás Bedoya Chanove (quien no se hizo presente), el Señor Juez del Primer Juzgado Mixto de Ilo Arturo Valdivia Arana y la señora Juez del Juzgado Penal Colegiado de Moquegua Jackie Mariñas Zoto, todo con el objeto de arribar acuerdos sobre temas planteados, por existir criterios discordantes.

PARTE EXPOSITIVA

ETAPAS

El Pleno se llevó a cabo en una sesión programada para el día de la fecha, formándose cuatro grupos de trabajo se expusieron los temas propuestos, arribando a conclusiones por cada grupo a cargo de un relator y un secretario; se realizó el debate de los temas, para luego proceder a la votación y llegar a los acuerdos, en la que tuvieron voto 11 Jueces Superiores.

DELIMITACIÓN DE LOS TEMAS

[…]

  • TEMA Nº 4

ENCONTRANDOSE UN PROCESO EN JUICIO ORAL: FRENTE A UN REQUERIMIENTO ANTE El JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, CUAL ES El TRAMITE?

Ponente: Dra. Jackie Mariñas Zoto

Planteamiento del Problema:

Cuál es el trámite de un requerimiento (cuestión previa, cuestión prejudicial y excepciones, excarcelación por vencimiento de plazo de prisión preventiva, entre otras) efectuado ante el Juez de la investigación preparatoria cuando el proceso principal se encuentra en la etapa de juicio oral?

Primera ponencia:

El juez de investigación preparatoria, debe ceñirse al trámite previsto en el artículo 8° del Código Procesal Penal en caso de encontrarse en etapa de investigación preparatoria, o conforme a lo establecido en el artículo 350 y 352 del Código Procesal Penal si se trata de etapa intermedia.

[Continúa…]

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