Fundamentos destacados: 745°. 1. El acusado ocupó la posición más alta en el nivel estratégico del Estado en general y del Sistema de Defensa Nacional en particular. Desde ese nivel ejerció ostensible poder de mando para la conducción política y militar directas de las estrategias de enfrentamiento contra las organizaciones subversivas terroristas que actuaban en el país desde inicios de la década de los ochenta.
[…]
6. Los delitos de asesinato y lesiones graves ocurridos en Barrios Altos y La Cantuta fueron acciones ejecutivas de tales objetivos, estrategia y patrón táctico de operaciones especiales de inteligencia contra la subversión terrorista, de notoria ilegalidad y clandestinidad que no son avalables por el ordenamiento jurídico nacional e internacional del cual se apartan plenamente o lo subordinan sistemáticamente.
7. Los delitos de secuestro contra los agraviados Gorriti y Dyer respondieron también a disposiciones dadas y/o avaladas directamente por el acusado para el control ilícito de la disidencia o crítica políticas a su régimen de facto, en una coyuntura de inestabilidad democrática donde se practicó por la fuerza el desconocimiento de garantías y derechos fundamentales.
8. Por lo demás, en todos los delitos sub judice la condición fungible de los ejecutores así como su disposición al hecho y su no relación directa ni horizontal con el acusado, posibilitan afirmar la posición de autor mediato de éste como ente central con poder jerárquico de dominio sobre el aparato de poder, cuyo automatismo conocía y podía controlar a través de sus mandos intermedios.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
Exp. Nº A.V. 19-2001
SALA PENAL ESPECIAL
Vocales Supremos: César San Martín Castro, Víctor Prado Saldarriaga, Hugo Príncipe Trujillo
Sentencia: 7 abril de 2009
Acusado: Alberto Fujimori Fujimori
Delitos: Asesinato, lesiones y secuestro.
Agraviados: Luis Antonio León Borja y otros.
PARTES DEL PROCESO
Fiscales Supremos: José Antonio Peláez Bardales (TITULAR)
Avelino Guillén Jauregui (ADJUNTO)
Abogados de la parte civil: Gloria Cano Legua
Sandra Mendoza Jorgechagua
Lucy Chávez Valenzuela Julio
León Condorcahuana
Gustavo Campos Peralta
Cristián Solís Alcedo
Juan Ochoa Lamas
David Velazco Rondón
Rosa Quedena Zambrano
Ana Leyva Valera
Carlos Rivera Paz
Antonio Salazar García
Ronald Gamarra Herrera
Abogados Defensores: César Nakasaki Servigón
Gladys Vallejo Santa María
Adolfo Pinedo Rojas
[Continúa…]
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![Se deja sin efecto el precedente que facultaba a tribunales administrativos ejercer control difuso, ya que esto quebrantaría el equilibrio entre democracia y constitucionalismo (precedente vinculante vigente) [Exp. 04293-2012-PA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)