La empresa Multiservicios y Constructora J. J. J. Cruz E.I.R.L., representada por Sara Gutiérrez Cóndor, hermana del Defensor del Pueblo Josué Gutiérrez Cóndor, solicitó al Poder Judicial el archivo de una demanda de extinción de dominio presentada por la Fiscalía.
De acuerdo a lo informado por Infobae, el pedido de Gutiérrez Cóndor se amparó en la Ley 32326, que modifica el marco jurídico del Decreto Legislativo N.º 1373 sobre extinción de dominio.
La medida fue presentada el 12 de mayo de 2025, primer día hábil luego de la entrada en vigor de la ley, publicada en el diario El Peruano el 9 de mayo del presente año. Esta norma establece que los procesos de extinción de dominio solo pueden iniciarse cuando exista una sentencia penal firme que acredite la comisión de un delito vinculado al bien objeto del proceso.
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Fundamentos de la demanda fiscal
La Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Huánuco interpuso una demanda de declaratoria de extinción de dominio contra una motoniveladora, valorizada en $220 000, en aplicación de los artículos 16.1 y 17.1 del Decreto Legislativo 1373 y el artículo 31.3 literal a) del Decreto Supremo 007-2019-JUS.
En la demanda, el Ministerio Público alegó dos presupuestos legales de procedencia para la extinción de dominio, conforme al artículo 7 del Decreto Legislativo 1373:
Literal a): cuando se trate de bienes que constituyen objeto, instrumento, efectos o ganancias de la comisión de actividades ilícitas. Según la Fiscalía, la maquinaria fue adquirida bajo los beneficios tributarios de la Ley de la Amazonía, en el distrito de Amarilis (Huánuco), pero fue trasladada sin autorización a una zona de tributación común (distrito de San Rafael), sin el pago correspondiente de tributos diferenciados. Dicha conducta constituiría el delito de contrabando, conforme al Informe N.º 000206-2023-SUNAT/3T0500 CAT0320DEA8F03436.
Literal f): cuando se trate de bienes y recursos que han sido afectados dentro de un proceso penal y cuyo origen, utilización o destino ilícito no hayan sido objeto de investigación, o siéndolo, no se hubiere alcanzado una determinación definitiva.
La defensa de la empresa de Gutiérrez Cóndor solicitó la aplicación inmediata de la Ley 32326, argumentando que, al no existir sentencia penal firme contra los propietarios del bien, el proceso de extinción de dominio carecería de base legal. El juez a cargo del caso ha solicitado al Ministerio Público que se pronuncie sobre la aplicación de la nueva norma, tras lo cual se resolverá si corresponde el archivo definitivo del proceso.
Meses atrás, Josué Gutiérrez promovió una demanda de inconstitucionalidad contra el régimen anterior de extinción de dominio. El funcionario señaló que esta norma vulneraba el derecho de propiedad y la presunción de inocencia al permitir la incautación de bienes sin condena judicial previa.
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