Fundamento destacado: Acuerdo Plenario
[…] En consecuencia y de conformidad General de los Registros con el literal b.2) del art. 33 del Reglamento General de los Registros Públicos y el art. 24 del Reglamento del Tribunal Registral, queda aprobada como acuerdo la siguiente sumilla:
DISPENSA DE COLACIÓN
«No es inscribible la dispensa de colación, pues no modifica o limita el derecho real de propiedad del favorecido con liberalidad”
CIII PLENO REGISTRAL
SESIÓN EXTRAORDINARIA – MODALIDAD NO PRESENCIAL
En la ciudad de Lima, siendo las 8:15 de la mañana del día miércoles 30 de enero de 2013, se reunió el Pleno Registral, bajo la modalidad no presencial, con la participación de 16 vocales: Pedro Álamo Hidalgo, quien actúa como Presidente, Rosario del Carmen Guerra Macedo, quien actúa como Secretaria Técnica, Luis Alberto Aliaga Huaripata, Samuel Hernán Gálvez Troncos, Walter Juan Poma Morales, Martha del Carmen Silva Díaz, Elena Rosa Vásquez Torres, Mirtha Rivera Bedregal, Walter Eduardo Morgan Plaza, Rolando Augusto Acosta Sánchez, Raúl Jimmy Delgado Nieto, Jorge Luis Tapia Palacios, Gloria Amparo Salvatierra Valdivia, Hugo Oswaldo Echevarría Arellano, Andrea Paola Gotuzzo Vásquez (s) y Beatriz Cruz Peñaherrera (s).
LUGAR:
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- Sede de la Primera, Segunda y Tercera Salas: Sede de la SUNARP en Av. Arenales N° 1080, Tercer Piso, Jesús María.
- Sede de la Cuarta Sala: Oficina Registral de Trujillo – Zona
Registral N° V – Sede Trujillo. - Sede de la Quinta Sala: Oficina Registral de Arequipa – Zona Registral N° XII – Sede Arequipa.
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AGENDA:
El tema a tratar es:
¿Si la dispensa de colación constituye un acto inscribible en el Registro?
La programación es la siguiente:
08:15 a 08:30 a.m. INSTALACIÓN
08:30 a 11:00 a.m. DEBATE DEL TEMA
11:00 a 11:15 a.m. PLANTEAMIENTO DE POSICIONES FINALES
11:15 a 11:30 a.m. VOTACIÓN
11:30 a 12:00 m. FIN DEL PLENO
INSTALACIÓN:
Con la presencia de 16 Vocales y verificado el quórum reglamentario correspondiente, el Presidente del Tribunal Registral declaró instalado el Pleno convocado para la fecha.
Acto seguido, el Presidente del Tribunal Registral remite a los Vocales del Tribunal Registral los criterios que se han tomado en relación al tema de agenda:
Resolución N° 028-2005-SUNARP-TR-T del 17/02/2005.
En esta resolución se señala que no es inscribible la dispensa de colación, pues no modifica o limita el derecho real de propiedad del favorecido con la liberalidad.
Resolución N° 1598-2010-SUNARP-TR-L del 05/11/2010.
En esta resolución se señala que procede rectificar un asiento de anticipo de legítima a fin de que se publicite que el anticipo fue otorgado con dispensa de colación, al constituir éste un dato relevante que debe constar en el asiento registral.
[Continúa…]
![No cualquier expresión favorable sobre un acto terrorista, o su autor, constituye delito; para ello, se requiere (i) exaltación de un acto terrorista ya realizado; (ii) si es sobre la persona, que tenga condena firme; (iii) uso de medio idóneo y público (difusión a un número indeterminado de personas) y (iv) que la exaltación lesione reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y consenso [Exp. 010-2002-AI/TC, f. j. 88]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precisan criterios de actuación de fiscalías supremas y superiores en delitos de función atribuidos a magistrados [Res. de la Fiscalía de la Nación 3860-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-1-218x150.jpg)


![La apología al terrorismo no tiene como fin provocar nuevas acciones delictivas; su daño está en alabar, destacar y resaltar el terrorismo o a sus autores con condena firme, contribuyendo a legitimar las acciones de fuerzas contrarias al orden constitucional y sus valores [Exp. 00005-2020-AI/TC, f. j. 45]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)



![Modifican Reglamento de la Ley del Servicio Militar para fortalecer inscripción y beneficios [DS 018-2025-DE] Servicio militar - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/Servicio-militar-LP-218x150.png)
![Reglamento para la contratación de Servicios de Consultoría de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) [Acuerdo Proinversión 161-1-2025-CD]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/proinversion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Derogan diversas directivas del OSCE [Res. D000129-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/organismo-superior-contrataciones-estado-osce-LPDerecho-218x150.jpg)
![Concluyen nombramiento de fiscal Sandra Castro, quien postulará al Senado [Res. de la Fiscalía de la Nación 3848-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
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![No cualquier expresión favorable sobre un acto terrorista, o su autor, constituye delito; para ello, se requiere (i) exaltación de un acto terrorista ya realizado; (ii) si es sobre la persona, que tenga condena firme; (iii) uso de medio idóneo y público (difusión a un número indeterminado de personas) y (iv) que la exaltación lesione reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y consenso [Exp. 010-2002-AI/TC, f. j. 88]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Precisan criterios de actuación de fiscalías supremas y superiores en delitos de función atribuidos a magistrados [Res. de la Fiscalía de la Nación 3860-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)
![Modifican Reglamento de la Ley del Servicio Militar para fortalecer inscripción y beneficios [DS 018-2025-DE] Servicio militar - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/Servicio-militar-LP-100x70.png)
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