Destituyen a juez por reabrir proceso que tenía carácter de cosa juzgada

El juez amparó una pretensión diferente al objeto del proceso de referencia y que ya había sido satisfecha, infringiendo la garantía constitucional de la cosa juzgada

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Mediante Resolución 359-2017, el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió imponer la sanción de destitución contra el magistrado Juan Humberto Vásquez Laguna, por su actuación como juez del Juzgado Mixto de Tarapoto de la Corte Superior de Justicia de San Martín, denunciado por un cargo de suma gravedad en el ejercicio de sus funciones.

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Se imputa al referido juez haber ordenado indebidamente el desarchivamiento de un expediente, mediante oficio del 11 de noviembre del 2009, argumentando que debía proveer un escrito; no obstante que el primer escrito presentado, después de decretado el archivo, se presentó recién el 26 de febrero del 2010. Todo esto con el fin de atender la pretensión de Silvio Segundo Meléndez del Castillo respecto a un pago de beneficios sociales que ya había sido satisfecho, infringiendo la cosa juzgada.

El proceso materia de investigación era sobre pago de beneficios sociales –reintegro de compensación por tiempo de servicios, reíntegro de remuneraciones y reintegro de productividad del periodo de enero a setiembre del 1995, así como de intereses– promovido por Silvio Segundo Meléndez del Castillo contra el Banco de la Nación. Se advierte en el expediente que, mediante diversas resoluciones entre diciembre de 1996 y enero de 1997, el juzgado declaró que el Banco había consignado correctamente los montos adeudados.

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Finalmente, por resolución del 13 de febrero de 1997, se dio por concluido el proceso y archivó definitivamente. Más de 12 años después, mediante escrito del 4 de diciembre del 2009, el demandante pidió desarchivar el expediente y por resolución del 11 de diciembre del 2009, el juez investigado dispuso su desarchivamiento. En esa dirección, Silvio Segundo Meléndez del Castillo solicitó, por escrito del 26 de febrero del 2010, solicitó que su ex empleadora  le abonara por concepto de reintegro de remuneraciones dejadas de pagar desde octubre de 1995 a enero del 2010, adjuntando una liquidación realizada por un contador público.

Esta solicitud fue aprobada por el denunciado juez mediante resolución del 29 de marzo del 2010 y puesta en conocimiento al Banco de la Nación. Seguidamente, el 10 de junio del 2010, el mismo juez aprobó que se iniciara una pericia, arguyendo que la parte emplazada no había cumplido con pagar el reintegro correspondiente al intervalo de octubre de 1995 a enero del 2010. Esta resolución fue apelada por el Banco de la Nación, y consecuentemente la Primera Sala Mixta Descentralizada de Tarapoto declaró nula la resolución apelada e improcedente la solicitud de Silvio Segundo Meléndez del Castillo.

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En ese sentido, se concluye que, si bien el juez investigado ordenó el desarchivamiento del expediente atendiendo a una solicitud de parte; amparó una pretensión diferente al objeto del proceso de referencia y que ya había sido satisfecha, infringiendo la garantía constitucional de la cosa juzgada, falta muy grave tipificada por el artículo 48 numeral 12 de la Ley de la Carrera Judicial. Por estas consideraciones, los consejeros del CNM decidieron concluir el proceso disciplinario, otorgando la sanción de destitución al magistrado denunciado.

Descargue aquí en PDF la Resolución 359-2017-PCNM

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