Jurisprudencia del artículo 399 del Código Penal.- Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo

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Artículo 399.- Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo*
El funcionario o servidor público que indebidamente en forma directa o indirecta o por acto simulado se interesa, en provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.

*Artículo modificado por los siguientes dispositivos:

  1. Ley 28355, publicada el 6 de octubre de 2004 (link: bit.ly/47j6LUr).
  2. Ley 30111, publicada el 26 de noviembre de 2013 (link: bit.ly/3DHBjlh).

Concordancias

C: arts. 39, 41; CP: arts. 12, 29, 36, 47-61, 92, 93, 393, 398, 425; NCPP: arts. 268, 286.


Jurisprudencia del artículo 399 del Código Penal

  • Corte Suprema

    1. [NUEVO] Negociación incompatible: Configuración requiere que en la irregularidad de la adquisición de bienes haya un interés indebido [Casación 123-2023, Callao]. Link: lpd.pe/pq5dr
    2. [NUEVO] Negociación incompatible: El interés indebido no necesariamente implica un contenido económico patrimonial [Casación 1571-2021, Ayacucho]. Link: lpd.pe/k8rB3
    3. NUEVO: El «interés indebido» en el delito de negociación incompatible implica que el agente actúe como particular interesado [Casación 934-2021, Huancavelica]. Link: lpd.pe/pmYo8
    4. NUEVO: No cumplir con los requisitos del concurso público contribuye a la materialización del delito de negociación incompatible [Casación 1584-2021, Callao]. Link: lpd.pe/koQ7O
    5. NUEVO: Que no exista un resultado lesivo con contenido patrimonial no significa que el delito de negociación incompatible no se configuró [Casación 1877-2021, Lima]. Link: lpd.pe/k8LQQ
    6. [NUEVO] Negociación incompatible: El interés indebido comprende un «interés inicial» y un «interés posterior» de forma excluyente o concurrente [Casación 1877-2021, Lima]. Link: lpd.pe/2GoR6
    7. La negociación incompatible es un delito de peligro abstracto [Casación 13-2021, Arequipa]. Link: bit.ly/3LYry5Y
    8. Sí es posible la complicidad en el delito de negociación incompatible (Suprema se aparta de la Casación 184-2020, Lima) [Casación 1523-2021, Áncash]. Link: bit.ly/42vCheA
    9. El error por sí solo, en un proceso de selección, no configura el tipo de negociación incompatible si no se comprueba actuar doloso [Casación 243-2020, Lambayeque]. Link: bit.ly/3pwX838
    10. No es punible el cómplice en el delito de negociación incompatible (Suprema ratifica la Casación 841-2015, Ayacucho) [Casación 184-2020, Lima Norte]. Link: bit.ly/3O1OeET
    11. La negociación incompatible es un delito de «peligro abstracto» [Casación 396-2019, Ayacucho]. Link: bit.ly/3mJeQiJ
    12. Negociación incompatible: Tercero no necesariamente debe tener una vinculación con el sujeto público [Casación 1946-2019, Junín]. Link: bit.ly/3ntbGzE
    13. Es punible la participación del «extraneus» en el delito de negociación incompatible [Casación 1895-2019, Selva Central]. Link: bit.ly/40yNdaR
    14. La negociación incompatible no es un delito de peligro concreto, sino abstracto (Suprema se aparta de la Casación 841-2015, Ayacucho) [Casación 1765-2019, Lima]. Link: bit.ly/42y8fH7
    15. Trasladar los fondos bancarios de la Municipalidad, de dólares a soles, es una conducta conscientemente peligrosa [Casación 1494-2019, Cusco]. Link: bit.ly/3BjaNO3
    16. Desarrollo típico del elemento «cualquier contrato» en el delito de negociación incompatible [Casación 307-2019, Áncash]. Link: bit.ly/3MmxEi0
    17. Negociación incompatible: El verbo rector «se interesa» no necesariamente debe tener connotación económica [Casación 49-2019, Ayacucho]. Link: bit.ly/44HzVvm
    18. Desarrollo del elemento «interés debido» en el delito negociación incompatible [Casación 1059-2018, Huánuco]. Link: bit.ly/3nALovs
    19. Delito de negociación incompatible es de peligro concreto y exige la creación de un riesgo —resultado— que debe probarse [Casación 231-2017, Puno]. Link: bit.ly/3qlYzC5
    20. Negociación incompatible: No cabe la modalidad omisiva del elemento normativo «interesarse directamente» [Casación 67-2017, Lima]. Link: bit.ly/3psujF4
    21. Los defectos administrativos en un proceso de contratación, en situación de emergencia, no son suficientes para acreditar responsabilidad, sino que requiere de un elemento externo (doctrina jurisprudencial) [Casación 23-2016, Ica]. Link: bit.ly/3nJu5ZB
    22. Los defectos administrativos que pueden ser «regularizados» en los «contratos en situación de emergencia» no tienen, por sí solos, relevancia penal (doctrina jurisprudencial) [Casación 841-2015, Ayacucho]. Link: bit.ly/3ppp7Sb
    23. Desarrollo de los elementos que configuran el delito de «negociación incompatible» (doctrina jurisprudencial) [Casación 841-2015, Ayacucho]. Link: bit.ly/3I5wPHU
    24. [NUEVO] Concurso aparente: El delito de negociación incompatible no abarca un supuesto de patrocinio ilegal [RN 666-2016, Áncash]. Link: lpd.pe/26Bq9
    25. Negociación incompatible: El área de acción no comprende todos los actos jurídicos, sino solo los contratos y operaciones estatales de contenido económico (caso Petroaudios) [RN 677-2016, Lima]. Link: bit.ly/3W08rwJ
    26. Negociación incompatible: Al no atentar directamente contra el patrimonio estatal, no es aplicable la duplicidad del plazo de prescripción [RN 2464-2014, Lima]. Link: bit.ly/3MlVIBp
    27. Regidor que suscribe un contrato de obra en su condición de «director» involucrando «aportes de la Municipalidad» comete delito de aprovechamiento indebido de cargo [RN 3635-2013, Junín]. Link: bit.ly/42t9Hez
    28. Negociación incompatible: Si contribución se presenta en un momento en que los funcionarios no tienen la atribución para contratar no se configura la «complicidad» [RN 1024-2013, Ica]. Link: bit.ly/3W0CNiE
    29. Negociación incompatible: No exige la existencia de un perjuicio real o potencial para el Estado [RN 1318-2012, Lima]. Link: bit.ly/3I4W90v
    30. Negociación incompatible: Para ser autor no basta ser funcionario o servidor; se debe tener competencia para intervenir en los actos jurídicos [RN 253-2012, Piura]. Link: bit.ly/3pwYDyi
    31. Si los actos de interés están orientados hacia actos administrativos diferentes a contratos y operaciones no se configura el delito de negociación incompatible [RN 578-2011, Junín]. Link: bit.ly/41rdck5
    32. Para que las irregularidades administrativas, en el trámite de un procedimiento, configuren el delito de negociación incompatible deben estar acompañado del «interés» particular [RN 2641-2011, Lambayeque]. Link: bit.ly/3O7V7of
    33. Estructura típica del delito de negociación incompatible [RN 2770-2011, Piura]. Link: bit.ly/3LJYvTF
    34. Para configurar el delito de negociación incompatible se requiere que funcionario o servidor público intervenga en el marco de la «contratación pública» [RN 832-2010, Piura]. Link: bit.ly/3I5tyZ2
    35. Para que una conducta omisiva constituya el delito de negociación incompatible debe transgredir los roles de negociación y representación pública [RN 661-2009, Lima]. Link: bit.ly/3BlSisg
    36. Trabajador que se limita a absolver consultas sobre la adquisición, mas no tiene incidencia ni decisión en la buena pro, no comete el delito de «negociación incompatible» [RN 4259-2008, Tumbes]. Link: bit.ly/42S3IQi
    37. El delito de negociación incompatible no desmedra ni afecta el patrimonio estatal [Apelación 123-2021, Lima]. Link: bit.ly/3MGVXHX
  • Corte Superior 

    1. [NUEVO] Naturaleza jurídica del «interés indebido» en el delito de negociación incompatible [Exp. 2740-2018-4]. Link: lpd.pe/2P9nV
    2. Negociación incompatible: La existencia de una confianza psicológica con subordinado no exime el deber de garante de revisar el documento que firma (Vladimir Cerrón) [Exp. 01122-2018-27]. Link: bit.ly/3pBA2bL
    3. El delito de negociación solo es pasible de cometerse mediante dolo directo y es incompatible del dolo eventual [Exp. 00031-2017-7]. Link: bit.ly/3GO9j1f
    4. No es posible establecer una imputación conjunta por los delitos de colusión desleal y negociación incompatible [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Lima, 2011]. Link: bit.ly/3LRLLdE

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