Apuntes Laborales con César Puntriano. En esta ocasión el especialista en derecho laboral y socio del estudio Muñiz, César Puntriano Rosas, aborda el tema de las modalidades formativas: las practicas pre profesionales y las practicas profesionales.
¿Quiénes pueden acceder a prácticas pre profesionales?
Los estudiantes que están cursando estudios técnicos o estudios universitarios y que deseen practicar, que deseen ejecutar los estudios que están siguiendo en un ambiente real de trabajo. Lo que busca la práctica es complementar la formación de las aulas en la empresa: en la vida real, en la cancha.
¿Un practicante puede ser contratado para realizar labores que no están relacionadas con su carrera?
La intención de la práctica es que el joven se desempeñe en una situación real de trabajo. La ley exige que el practicante ejecute sus prácticas en labores afines con la carrera que viene estudiando.
Ejemplo: un practicante de derecho tendrá que ejecutar labores legales tendrá que aprender de un abogado. No podrá realizar y actividades, por ejemplo, en el área de sistemas o en el área de archivos porque eso no es afín a su carrera. En todo caso en el área sistema se tomarán practicantes que están estudiando informática y en el área de archivo practicantes que, por ejemplo, están estudiando en bibliotecología. Esto es algo muy importante. No hacerlo genera, para la ley, que el practicante sea entendido como trabajador. Es decir, desnaturaliza la modalidad formativa y genera el riesgo para la empresa que este practicante se ha incorporado en su planilla como trabajador a plazo indeterminado.
¿Qué derechos tengo como practicante?
El practicante debe percibir una subvención mensual no menor de la remuneración mínima vital siempre y cuando la duración de sus prácticas en la semana sean equivalentes a la jornada formativa máxima que establece la ley. ¿Cuál es esta jornada formativa máxima? 30 horas semanales. Es decir, si un practicante preprofesional realiza sus prácticas durante 30 horas a la semana debe ganar por lo menos la remuneración mínima vital (930 soles mensuales). Pero eso no es todo. El practicante también tiene derecho a recibir media subvención adicional por cada seis meses de duración de su práctica. No es una gratificación: el practicante no tiene vínculo laboral. Sin embargo, tiene derecho a esta subvención adicional.
¿Quieres conocer más acerca de tus derechos como practicante? Mira el siguiente vídeo.
1 May de 2019 @ 10:10

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